Resolución 319

Extinción de concesión de investigación geológica a Moa Nickel S.A.

Organismo
Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros
Fecha emisión
2014-12-08
Publicada en
Gaceta No. 5 Ordinaria de 2015 (2015-02-13)
Páginas
9
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La Resolución No. 319 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros regula la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada a Moa Nickel S.A. en el área de Cantarrana, municipio de Moa, provincia de Holguín.

Texto íntegro

Acuerdo No. 7107, de 31 de agosto de 2011, en virtud del cual otorgó a la empresa mixta Moa Nickel S.A., una concesión de investigación geológica en el área denominada Cantarrana, ubicada en el municipio de Moa, provincia de Holguín, por el término de tres (3) años, con el objetivo de explorar los minerales existentes en la zona.

POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado a la empresa mixta Moa Nickel S.A., para la realización de los trabajos de investigación geológica descritos en el apartado anterior, lo cual constituye una de las causas de extinción de las concesiones mineras, según se regula en el artículo 60 inciso a) de la citada Ley de Minas.

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades que le están conferidas en la ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Decreto-Ley No. 272 “De la Organización y Funcionamiento del Conse-jo de Ministros”, de 16 de julio de 2010,adoptó el 8 de diciembre de 2014, el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada a la empresa mixta Moa Nickel S.A., mediante el Acuerdo No. 7107, de 31 de agosto de 2011, en el área denominada Cantarrana, ubicada en el municipio de Moa, provincia de Holguín.

SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarca el área de la concesión, el cual puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: El concesionario está obligado a: a) Cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente en general; b) cumplir las medidas de rehabilitación del área investigada; y c) indemnizar, si correspondiera, por los daños y perjuicios causados debido a las actividades mineras realizadas. Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se expide la presente certificación en el Palacio de la Revolución, a los 8 días del mes de diciembre de 2014.José Amado Ricardo Guerra________________El Secretario del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo CERTIFICA

POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades que le concede el artícu-lo 18 de la Ley No. 76 “Ley de Minas”,de 21 de diciembre de 1994, emitió el