Resolución 319/2016
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 319/2016
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el pro-cedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación delicencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expedienteincoado, en virtud de la solicitud de renovación de licencia de la sucursal presentada por lasociedad mercantil brasileña F.M. COEMPAR COMERCIAL LTDA. y, del análisis efectua-do, se ha considerado procedente acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4,del apartado Tercero, del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia ante el Registro Nacional de Sucur-sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comerciode la República de Cuba, de la sucursal de la sociedad mercantil brasileña F.M. COEM-PAR COMERCIAL LTDA.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la sociedad mercantil F.M. COEMPAR CO-MERCIAL LTDA. en Cuba, a partir de la renovación de su licencia, será la realización delas actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, sedescriben en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que am-paran las operaciones de comercio exterior;
c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto enla presente Resolución.
COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Minis-terio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Na-cional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresa-rial del Comercio Exterior, GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidentedel Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente dela compañía ACOREC, S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidenta de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losonce días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior