Resolución 358/2017
La Resolución No. 358/2017 del Ministerio de la Construcción autoriza la inscripción de la Empresa de Cemento 'José Mercerón' en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Construcción, Ing. René Mesa Villafaña, en virtud de las facultades conferidas en la Constitución de la República.
- Se autoriza la inscripción de la Empresa de Cemento 'José Mercerón' del Ministerio de la Construcción en la provincia de Santiago de Cuba.
- La licencia otorgada avala la capacidad técnica para servicios de construcción, mantenimiento y reparación en la entidad y a entidades del territorio.
- La licencia se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la vigencia de su inscripción.
- La entidad debe formalizar su inscripción en el Registro Nacional dentro de 90 días naturales contados a partir de la notificación de la resolución.
- El incumplimiento del plazo establecido se interpretará como desistimiento de la entidad promovente.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 358/2017
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptadopor el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranje-ras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administra-dor de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquierforma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción enla República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictadapor el Ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad por la Resolu-ción No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Lici-taciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministrode la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores dela República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa de Cemento “José Mercerón”, del Ministerio de la Cons-trucción en la provincia de Santiago de Cuba, ha solicitado autorización para registrarsey poder ejercer como Constructor.
POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyec-tistas y Consultores de la República de Cuba, establece que corresponde al Ministro de la Construcción, resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho regis-tro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectosy Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16,trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con susrecomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Cemento “José Mercerón”, del Ministerio de la Construcción en la provinciade Santiago de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la Inscripción de la Empresa de Cemento “José Mercerón”, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Santiago de Cuba, en el Registro Nacio-nal de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Serviciosde la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resoluciónse avala que, la Empresa de Cemento “José Mercerón”, cuenta con la capacidad técnicanecesaria para la realización de los siguientes servicios:
Alcance de los servicios autorizados:
1. Servicios de Constructor:
a) Brindar servicios de construcción, mantenimiento y reparación en la entidad y a enti-dades del territorio.
1.1.Tipos de Objetivos:
a) Obras de Arquitectura.
TERCERO: La licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expe-dirá por un término de veinticuatro (24) meses, a partir de la vigencia de su inscripción.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Con-sultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lodispuesto.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir dela fecha de notificación de la presente Resolución para que la entidad cuya inscripciónse autoriza en el Apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.
El incumplimiento del plazo establecido en este Apartado se interpretará como el de-sistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente,el Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba procederá al archivo del expediente incoado.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabili-zado de notificar al interesado.
COMUNÍQUESE al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacionalde Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción,a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Ins-pección Estatal de la Construcción.
ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 21 días del mes de junio de 2017.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción
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