Resolución 319

Tarifas de servicios técnico-productivos para la verificación de la calidad protectora de los Equipos de Protección Personal

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2020-11-25
Publicada en
Gaceta No. 70 Extraordinaria de 2020 (2020-12-10)
Páginas
51–53
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

Esta resolución regula las tarifas de servicios técnico-productivos para la verificación de la calidad protectora de los Equipos de Protección Personal en Cuba. La norma es emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios.

Texto íntegro

GOC-2020-824-EX70 RESOLUCIÓN No. 321-2020

POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Proceso de Ordena-miento Monetario”, del 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria ycambiaria.

POR CUANTO: La Resolución P-84, del 11 de diciembre de 2001, modificada por la P-83, de 3 de octubre de 2005, del viceministro de Finanzas y Precios, fijó las tarifas de servicios técnicas productivo en moneda libremente convertible y moneda nacional para la verificación de la calidad protectora de los Equipos de Protección Personal, de acuerdo con sus categorías por tipo de riesgo a proteger, las que resultan conveniente modificarpara atemperarla al nuevo escenario de ordenamiento monetario.

721 GACETA OFICIAL10 de diciembre de 2020

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba:RESUELVOPRIMERO: Fijar las tarifas de servicios técnico-productivos para la verificación de lacalidad protectora de los Equipos de Protección Personal en pesos cubanos, de acuerdo con sus categorías por tipo de riesgo a proteger, como sigue:TARIFAS DE COBRO DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL.UM: PESOS CUBANOS Tarifas según categorías de los equipos por tipo de riesgo a proteger Categoría del Equipo I II IIIConcepto Registro 150.00 150.00 150.00 Aprobación - 300.00 600.00 Total 150.00 450.00 750.00 Comprende el costo de los ensayos UM: PESOS CUBANOS Tarifas para Equipos ya registrados y aprobados para otras entidades Categoría del Equipo I II III Concepto Registro 150.00 150.00 150.00 Aprobación - 50 % del pago original UM: PESOS CUBANOS Tarifas por concepto de Renovación del Registro y Aprobación de los Equipos ya registrados y aprobados. Categoría del Equipo I II III Tarifa Total (60% del pago total original) 90.00 270.00 450.00

SEGUNDO: Para los Equipos de Protección Personal que se reciban en el país por vías no tradicionales, como el caso de donaciones, se garantizará el registro y aprobación de estos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.TERCERO: Derogar las resoluciones P-84, de 11 de diciembre del 2001 y la P-83 de 3 de octubre de 2005, emitidas por el viceministro de Finanzas y Precios.

CUARTO: La presente Resolución entra en vigor a partir del 1 de enero de 2021.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 25 días del mes de noviembre de 2020.Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios

722 GACETA OFICIAL 10 de diciembre de 2020