Acuerdo 65
El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el procedimiento para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma establece el proceso para elegir un diputado en el municipio Sagua la Grande, provincia Villa Clara.
- El artículo 232 de la Ley No. 127 de 2019, "Ley Electoral", regula el modo de cubrir cargos vacantes de diputados.
- El Consejo de Estado adopta este acuerdo en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 122, inciso u) de la Constitución de la República.
- La Asamblea del Poder Popular del municipio Sagua la Grande, constituida en colegio electoral, procederá a elegir un Diputado.
- El procedimiento para la elección se realizará según lo establecido en la Ley Electoral.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado de la República de Cuba, encorrespondencia con lo que establece el artículo 232 de la Ley No. 127 de 13 de julio de 2019, “Ley Electoral”, en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputadosa la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le estánconferidas en el artículo 122, inciso u) de la Constitución de la República, ha adoptadoel siguiente:
ACUERDO No. 65
ÚNICO: Disponer que la Asamblea del Poder Popular del municipio Sagua la Grande,provincia Villa Clara, constituida en colegio electoral, y según el procedimiento estable-cido en la Ley Electoral, proceda a elegir un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
2192
COMUNÍQUESE el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, a la presidenta del Consejo Electoral Nacional y a cuantas personas naturales y jurídicas resulte procedente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 14 días del mes de mayo de 2020.
Juan Esteban Lazo Hernández
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