Resolución 32
El Consejo de Estado de la República de Cuba regula la acreditación de un embajador ante el Gobierno de Nueva Zelanda e Islas Cook. La norma emana del Consejo de Estado, órgano que ejerce la función legislativa y de control.
- Se acredita a Mario Alzugaray Rodríguez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante el Gobierno de Nueva Zelanda.
- Se acredita también a Mario Alzugaray Rodríguez ante el Gobierno de las Islas Cook de forma concurrente.
- El artículo 90, inciso j) de la Constitución otorga la atribución al Consejo de Estado.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento del acuerdo.
- El acuerdo debe ser publicado en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le estánconferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Disponer que MARIO ALZUGARAY RODRÍGUEZ, Embajador Extraor-dinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante el Gobierno de Nueva Zelanda,se acredite también, como concurrente, ante el Gobierno de las Islas Cook.
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SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimientode lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 8 días del mes de febrerode 2016.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
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