Resolución 10/2016
La Resolución No. 10/2016 del Ministerio de la Construcción autoriza a la CORPORACIÓN COPEXTEL SOCIEDAD ANÓNIMA a inscribirse en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. La resolución establece los servicios que la empresa puede prestar como Constructor y Contratista.
- Se autoriza a CORPORACIÓN COPEXTEL SOCIEDAD ANÓNIMA a ejercer como Constructor y Contratista.
- La licencia otorgada tendrá un término de 18 meses, a partir de la vigencia de su inscripción.
- Se autoriza para servicios de construcción y montaje de obras de arquitectura, sociales e industriales de poca complejidad.
- Se denegaron los servicios solicitados como Proyectista y Consultor.
- La entidad no está certificada por las Normas ISO – 9000 vigentes.
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 10/2016
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Cons-trucción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjerasque pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administradorde proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier for-ma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitacio-nes de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro dela Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La CORPORACIÓN COPEXTEL SOCIEDAD ANÓNIMA, con do-micilio social en la provincia de La Habana, ha solicitado autorización para Registrarse ypoder ejercer como Constructor, Contratista, Proyectista y Consultor.
POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, establece que corresponde al Ministro de la Cons-trucción, resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho Registro,adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16,trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus reco-mendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la COR-PORACIÓN COPEXTEL SOCIEDAD ANÓNIMA, con domicilio social en la provinciade La Habana.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la Inscripción de la CORPORACIÓN COPEXTEL SOCIEDADANÓNIMA, con domicilio social en la provincia de La Habana, en el Registro Nacionalde Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Co-misión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios dela Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución,la CORPORACIÓN COPEXTEL SOCIEDAD ANÓNIMA, podrá ejercer como Cons-tructor y Contratista autorizada para la realización de los siguientes servicios.
Alcance de los servicios autorizados:
1. Servicios de Constructor:
a) Construcción y montaje, instalación, reconstrucción, rehabilitación, demolición, repa-ración y mantenimiento constructivo de los objetivos autorizados.
1.1. Tipos de Objetivos:
a) Obras de Arquitectura, Sociales e Industriales de Poca Complejidad.
b) Equipamiento de gastronomía y Lavandería.
2. Servicios de Contratista:
a) Servicios Integrales de Ingeniería de Dirección de la Construcción a los objetivos au-torizados.
2.1. Tipos de Objetivos:
a) Obras de Arquitectura, Sociales e Industriales de Poca Complejidad.
TERCERO: Denegar los restantes servicios solicitados como Proyectista y Consultorpor no haber demostrado, en el Expediente presentado la capacidad y calificación paraprestarlos.
CUARTO: La Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se ex-pedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir de la vigencia de su inscripción.
QUINTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestiónde la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.
SEXTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Con-sultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lodispuesto.
SÉPTIMO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir dela fecha de notificación de la presente Resolución para que la entidad cuya inscripciónse autoriza en el Apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.
El incumplimiento del plazo establecido en este Apartado se interpretará como el de-sistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente,el Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba procederá al archivo del expediente incoado.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabili-zado de notificar al interesado.
Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, alos viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspec-ción Estatal de la Construcción.
Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 27 días del mes de enero de 2016.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción
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