Resolución 32/2017

Denegación de concesión de explotación de arena cuarzosa

Organismo
Banco Central de Cuba
Fecha emisión
2017-04-04
Publicada en
Gaceta No. 21 Ordinaria de 2017 (2017-07-20)
Páginas
27
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 32/2017 del Banco Central de Cuba no es aplicable, en su lugar se emite por el Ministro de Energía y Minas. Regula la denegación de concesión de explotación de arena cuarzosa. La emite el Ministerio de Energía y Minas.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 32/2017

POR CUANTO: Mediante el Decreto Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, seextinguió el Ministerio de la Industria Básica y se creó el Ministerio de Energía y Minas,como Organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer y, unavez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectoresenergético, geológico y minero del país.

POR CUANTO: De conformidad con la

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA de la Ley No. 76, Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones serequieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: La Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción de Las Tunas ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud deconcesión de explotación del mineral arena cuarzosa en el área denominada Melilla-I,ubicada en el municipio Manatí, de la provincia de Las Tunas, por un término de veinte(20) años, con el objetivo de explotar dicho mineral para su utilización como materiaprima en la construcción y reanimación de obras constructivas en la provincia.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha recomendado denegarla solicitud presentada atendiendo a que el mineral de arena cuarzosa que se encuentra enel área solicitada fue estudiado para ser utilizado en la industria del vidrio, por lo que suuso en la construcción resulta irracional para el futuro desarrollo del país.

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Denegar a la Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción de Las Tunas la concesión de explotación solicitada en el área denominada Melilla-I,porcomprometer recursos y reservas de interés estatal para el futuro desarrollo del país.

SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción de Las Tunas.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 4 días del mes de abril de 2017.

Alfredo López Valdés

Ministro de Energía y Minas

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