Resolución 320/2022
La Resolución 320/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de FUJIAN HUAYUAN WELL IMPORT & EXPORT TRADE CO. LTD en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de FUJIAN HUAYUAN WELL IMPORT & EXPORT TRADE CO. LTD
- El giro comercial es la comercialización, desarrollo tecnológico de equipos y productos relacionados con el medio ambiente, tecnología, industria textil, electrodomésticos, construcción, software, hardware, entre otros
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista, emitir facturas comerciales, ni distribuir y transportar mercancías
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras
- Se deroga la Resolución 154 de 19 de mayo de 2017
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 320/2022
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de represen-taciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece lasregulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación ycierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de re-presentación en la República de Cuba, ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 154, de 19 de mayo de 2017, se autorizóla inscripción de la licencia de la sucursal de la compañía china FUJIAN HUAYUANWELL IMPORT & EXPORT TRADE CO. LTD en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia-les Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, envirtud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía china
FUJIAN HUAYUAN WELL IMPORT & EXPORT TRADE CO. LTD y, del análisisefectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañíachina FUJIAN HUAYUAN WELL IMPORT & EXPORT TRADE CO. LTD en el Re-gistro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía chinaFUJIAN HUAYUAN WELL IMPORT & EXPORT TRADE CO. LTD en Cuba, a partirde su inscripción, es la comercialización, desarrollo tecnológico de equipos y accesoriosprotectores del medio ambiente, equipos de automatización, artículos cotidianos, ferrete-ría, cerrajería, productos de la industria textil y el calzado, electrodomésticos y electróni-ca, útiles del hogar, materiales de construcción, aparatos sanitarios, software y hardwarepara ordenadores personales, artículos de oficina, productos de artesanía, productos de laindustria química, equipos y dispositivos médicos, óptica, equipos y maquinarias, piezaspara motocicletas y autos, alimentos, plantas y equipos para tratamiento de agua, reúso y re-siduales, muebles y sus partes, medios de seguridad y protección laboral, sistema controlde acceso y protección, sistema contra incendios, equipamiento gastronómico, productossolares, generadores eléctricos, iluminación LED y XENON, barcos y náutica.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio internacional;
c) emitir facturas comerciales; ni
d) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada envigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en elapartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado im-plicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, con-secuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 154 de esta propia autoridad, de 19 de mayo de 2017.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto dela Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A., y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos once días del mes de agosto de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
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