Resolución 148/2007

Otorgar el Reconocimiento "Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)" al Hotel Mirador de San Diego

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
2007-09-11
Publicada en
Gaceta No. 66 Ordinaria de 2007 (2007-10-16)
Páginas
4
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La Resolución No. 148/2007 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente otorga el Reconocimiento 'Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)' al Hotel Mirador de San Diego. Este reconocimiento se enmarca en la política ambiental y el cumplimiento de los compromisos internacionales relacionados con la protección de la capa de ozono.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 148/2007

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 19 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, “De la organización de la Administración Central del Estado” en su

Artículo 33 establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los viceministros primeros.

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POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

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POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, de la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

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POR CUANTO: El Hotel Mirador de San Diego perteneciente al Grupo Hotelero ISLAZUL S.A., del Ministerio del Turismo, en la provincia de Pinar del Río, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

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POR CUANTO: El Director del referido hotel ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Pinar del Río, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” al Hotel Mirador de San Diego perteneciente al Grupo Hotelero ISLAZUL S.A., del Ministerio del Turismo, en la provincia de Pinar del Río.

COMUNIQUESE la presente al Director del Hotel Mirador de San Diego perteneciente al Grupo Hotelero ISLAZUL S.A del Ministerio del Turismo, en la provincia de Pinar del Río; al Director de la Oficina Técnica de Ozono; al Viceministro que atiende la esfera de Medio Ambiente en nuestro Ministerio y a cuanta persona natural corresponda conocer de lo dispuesto.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Archívese el original en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

DADA en la ciudad de La Habana, en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 11 días del mes de septiembre de 2007.

Dr. Fernando Mario González Bermúdez

Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

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