Resolución 321

Establecimiento de precios minoristas de medicamentos

Organismo
Ministerio de Salud Pública
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 74 Extraordinaria de 2018 (2018-11-29)
Páginas
6–7
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La Resolución No. 321 del Ministerio de Salud Pública establece precios minoristas de medicamentos en Cuba. Fue emitida por el Ministro de Salud Pública, en virtud de facultades otorgadas por la Ministra de Finanzas y Precios.

Texto íntegro

GOC-2018-783-EX74 RESOLUCIÓN No. 321

POR CUANTO: La Resolución No. 38 de fecha 31 de enero de 2013 de la Ministra de Finanzas y Precios faculta a los jefes de los órganos, organismos, organizaciones superiores

1321 GACETA OFICIAL29 de noviembre de 2018 de dirección y empresas para fijar y modificar precios y tarifas en pesos cubanos, los ín-dices máximos o fijos y los precios y tarifas en pesos convertibles.

POR CUANTO: La Resolución No. 235 de fecha 21 del mes de mayo de 2015 de la Ministra de Finanzas y Precios faculta al Ministro de Salud Pública, en su apartado Tercero para aprobar los precios minoristas y las tarifas a la población en pesos cubanos (CUP) y sus componentes en pesos convertibles (CUC) de los productos y servicios, que se relacionan en su Anexo No. 2 y que dispone que los precios y tarifas que se centralizan en el Ministerio de Salud Pública son los precios minoristas temporales por cambios de envases y presentación; precios minoristas de los productos de la industria biotecnológica y farmacéutica, excepto los que pertenecen al cuadro básico y precios minoristas de pro-ductos nacionales e importados y tarifas de servicios a la población relacionadas con el sector de la Salud, excepto los que pertenecen al cuadro básico.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas según el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :PRIMERO: Establecer el precio minorista de venta a la población en farmacias comu-nitarias, a los siguientes medicamentos:PRECIO CÓDIGO DESCRIPCIÓN UM ANTERIOR NUEVO3389621069 DIPIRONA 500 MG TAB. METIMAZOL SÓDICO 500 MG, ESTUCHE X 3 BLÍSTERES DE PVC ÁMBAR /AL CON 10 TABLETAS U 3,50 3389322680 GLIBENCLAMIDA 5 MG, BLÍSTER PVC/AL X 10 TABLETAS. ESTUCHE X 3 BLÍSTERES X 10 TABLETAS U 1,80

SEGUNDO: Los viceministros que atienden la Economía, Capital Humano, Inver-siones, Servicios Básicos y Transporte y la Atención Médica y Social, Medicamentos y Tecnologías Médicas, Docencia y la Ciencia y la Innovación Tecnológica, quedan encar-gados del cumplimiento de lo que por la presente se dispone.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la presente en la Dirección Jurídica del Organismo.

DADA en el Ministerio de Salud Pública, en La Habana, a los 22 días del mes de octubre del año 2018. Dr. José Angel Portal Miranda Ministro de Salud Pública