Resolución 323

Traspaso de derechos mineros de explotación de arcilla

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2014-12-10
Publicada en
Gaceta No. 5 Ordinaria de 2015 (2015-02-13)
Páginas
32–33
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 323 regula el traspaso de derechos mineros de explotación de arcilla. La emite el Ministerio de Energía y Minas, como organismo encargado de dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en el sector minero.

Texto íntegro

Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, Edición Extraordinaria No. 51, de 3 de diciembre de 2012, se extinguió el Ministerio de la Industria Básica y se crea el Ministerio de Energía y Minas, como Organismo de la Administración Central del Estado, encargado de proponer, y una vez aprobado, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectores energético, geológico y minero del país.

POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994, establece en su artículo 49 que los traspasos de los derechos mineros los autoriza el otorgante de las concesiones mineras.

POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro del extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el artículo 13 de la mentada Ley de Minas.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 308, de 21 de diciembre de 2006, de la Ministra del extinto Ministerio de la Industria Básica, le fue otorgada a la Unidad Básica de Producción Cooperativa Cojímar una concesión de explotación del mineral de arcilla para la producción de ladrillos con la finalidad de construir y reparar viviendas en la zona de Guamá, en el área denominada Arcilla Manuelito, ubicada en el municipio Guamá, provincia de Santiago de Cuba, por un término de veinticinco (25) años.

GACETA OFICIAL 13 de febrero de 2015158

POR CUANTO: La Unidad Básica de Producción Cooperativa Cojímar, ha solicitado a través de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, el traspaso de los derechos mineros de la referida concesión de explotación a favor de la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Santiago de Cuba.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar al que resuelve que otorgue el traspaso de los derechos mineros solicitados teniendo en cuenta la necesidad de continuar con la explotación de dicho mineral.

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o:PRIMERO: Disponer el traspaso de los derechos mineros de explotación del mineral de arcilla en el área denominada Arcilla Manuelito, ubicada en el municipio Guamá, provincia de Santiago de Cuba, a favor de la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Santiago de Cuba, con el objetivo de continuar la explotación de dicho mineral en la producción de ladrillos para la construcción y reparación de viviendas en la zona de Guamá.

SEGUNDO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución No. 308, de 21 de diciembre de 2006, de la Ministra del extinto Ministerio de la Industria Básica, son de obligatorio cumplimiento para el concesionario, con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución.

TERCERO: La Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Santiago de Cuba debe cumplir las obligaciones pendientes a la fecha del traspaso del derecho minero, si las hubiere.

CUARTO: La presente Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, al Director General de la Unidad Básica de Producción Cooperativa Cojímar y al Director General de la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Santiago de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas. Dada en La Habana, a los 10 días del mes de diciembre de 2014.Alfredo López Valdés Ministro de Energía y Minas________________RESOLUCIÓN No. 319

POR CUANTO: Mediante el Decreto-