Resolución 325/2015

Autorización a la Empresa de Aplicaciones Informáticas para brindar servicios de acceso a internet al público

Organismo
Ministerio de Comunicaciones
Fecha emisión
2015-12-29
Publicada en
Gaceta No. 3 Ordinaria de 2016 (2016-01-20)
Páginas
10–11
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La Resolución No. 325/2015 del Ministerio de Comunicaciones autoriza a la Empresa de Aplicaciones Informáticas (DESOFT) para brindar servicios de acceso a internet al público. Esta resolución se emite en virtud de las atribuciones conferidas al Ministerio de Comunicaciones para regular y controlar los servicios de telecomunicaciones y informáticos.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 325/2015

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7380 del Consejo de Ministros, de fecha 28 de fe-brero de 2013, en su numeral Cuarto, Apartado Primero, dispone que el Ministerio de Comunicaciones tiene como función específica, la de ordenar, regular y controlar los ser-vicios de telecomunicaciones, radiocomunicaciones, informáticos y postales, nacionalese internacionales, la gestión de los recursos comunes y limitados en materia de dichosservicios y la implementación de los mismos.

POR CUANTO: La Resolución No. 179 “Reglamento para los proveedores de servi-cios de acceso a internet al público” de fecha 7 de octubre de 2008, del Ministro de la In-formática y las Comunicaciones, tal como quedó modificada por la Resolución No. 102 del Ministro de la Informática y las Comunicaciones, de fecha 16 de junio de 2011, estableceen sus artículos 6 y 9 el procedimiento de autorización a las entidades que desean brindarservicios de acceso de internet al público y el tratamiento a seguir para su correspondienteinscripción.

POR CUANTO: La Empresa de Aplicaciones Informáticas (DESOFT) pertenecienteal Grupo Empresarial de la Informática y las Comunicaciones (GEIC) ha solicitado au-torización al Ministerio de Comunicaciones para brindar servicios de acceso a internet alpúblico, por lo que se ha considerado acceder a dicha solicitud, al valorar las caracterís-ticas de la mencionada entidad y los servicios que están interesados en prestar a personasnaturales, así como las condiciones creadas para brindar estos.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas, en el inciso a),del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba;

R e s u e l v o :

PRIMERO: Autorizar a la Empresa de Aplicaciones Informáticas (DESOFT) per-teneciente al Grupo Empresarial de la Informática y las Comunicaciones (GEIC) como Proveedor de Servicios de Acceso a Internet al Público, los que prestan a personas natu-rales a través de áreas de Internet acondicionadas para ello, las cuales se registran en este Ministerio.

SEGUNDO: La Empresa de Aplicaciones Informáticas (DESOFT) brinda los servi-cios de Acceso a Internet al Público, a través de la plataforma tecnológica “NAUTA” dela Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., y debe cumplir con lo regulado en el Reglamento de los proveedores de servicios de acceso a Internet al Público.

NOTIFÍQUESE al Director de la Empresa de Aplicaciones Informáticas (DESOFT) yal Presidente Ejecutivo de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A.

COMUNÍQUESE a los viceministros, a los directores generales de Comunicaciones, In-formática y de la Oficina de Seguridad para las Redes Informáticas, al presidente del Grupo Empresarial de la Informática y las Comunicaciones, así como a los directores de Regula-ciones, Inspección y territoriales de control, todos del Ministerio de Comunicaciones.

ARCHÍVESE el original en la dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 29 días del mes de diciembre de 2015.

Maimir Mesa Ramos

Ministro de Comunicaciones

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