Resolución 325

Sobre las tarifas máximas de cargas

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2020-11-25
Publicada en
Gaceta No. 70 Extraordinaria de 2020 (2020-12-10)
Páginas
42–43
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Esta resolución regula las tarifas máximas de cargas para diferentes medios de transporte en Cuba. La Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, emite esta norma para adecuar las tarifas al escenario de ordenamiento monetario.

Texto íntegro

GOC-2020-819-EX70 RESOLUCIÓN No. 316-2020

POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Proceso de Ordena-miento Monetario”, del 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria ycambiaria.

712 GACETA OFICIAL 10 de diciembre de 2020

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, del 25 de noviembre de 2020, dispone en su Disposición Especial Segunda que los preciosy tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único, seaprueban por el Ministro de Finanzas y Precios o en quien este delegue.

POR CUANTO: Las resoluciones 97, del 21 de marzo; 100, del 22 de marzo; 124, del 30 de marzo; 126, del 31 de marzo; 378, del 18 de abril; y 1021, del 16 de noviembre,todas del año 2017, dictadas por la Ministra de Finanzas y Precios, establecen las tarifas para el servicio de transportación de cargas.

POR CUANTO: Resulta necesario derogar las resoluciones antes mencionadas para adecuarlas al escenario de ordenamiento monetario.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida por el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba:RESUELVOPRIMERO: Facultar a los jefes de los grupos empresariales de Servicio de Transporte Automotor, de Transporte Marítimo Portuario y de la Unión de Ferrocarriles de Cuba, en correspondencia con los medios de transporte que atienden, para establecer las disposi-ciones generales y el Clasificador de tipos de carga, que sirven como bases en la aplica-ción de las tarifas máximas de cargas, reguladas por este Ministerio, para los diferentesmedios de transporte, incluido el multimodal.

SEGUNDO: Facultar al Ministro de la Agricultura para establecer las disposicionesgenerales y el Clasificador de tipos de carga, que sirven como bases en la aplicación en el sector agropecuario, cañero y no cañero, de las tarifas máximas de cargas reguladas por este Ministerio, para los diferentes medios de transporte, excepto la transportación decarga por ferrocarril.

TERCERO: El sector agropecuario, cañero y no cañero aplica para la transportaciónde carga por ferrocarril, las disposiciones generales y el Clasificador de tipos de carga,que se establecen por el Jefe de la Unión de Ferrocarriles de Cuba, acorde a las facultades otorgadas por la presente Resolución.

DISPOSICIÓN FINALPRIMERA: Derogar las resoluciones 97, del 21 de marzo; 100, del 22 de marzo; 124, del 30 de marzo; 126, del 31 de marzo; 378, del 18 de abril; y 1021, del 16 de noviembre,todas del año 2017, dictadas por la Ministra de Finanzas y Precios.

SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a partir del 1 de enero de 2021.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 25 días del mes de noviembre de 2020.Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios___________