Resolución 82/2002
La Resolución No. 82/2002 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente regula la extinción de la Unidad Presupuestada Agencia de Ciencia y Tecnología. Esta norma es emitida por la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, Dra. Rosa Elena Simeón Negrín.
- Se extingue la Unidad Presupuestada Agencia de Ciencia y Tecnología subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (Artículo PRIMERO).
- Los bienes, recursos, derechos y obligaciones se transfieren al Centro de Gerencia de Programas y Proyectos Priorizados (Artículo PRIMERO).
- La Agencia debe legalizar cualquier deuda o compromiso a través de contratos (Artículo SEGUNDO).
- La extinción surte efecto a partir del 1 de julio de 2002 (Artículo TERCERO).
Texto íntegro
RESOLUCION No. 82/2002
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POR CUANTO: Mediante Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado el 21 de abril de 1994, quien resuelve fue designada Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4002 adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministro el 24 de abril del 2001, en su Apartado SEGUNDO Numeral 9, faculta a este Ministerio como Organismo de la Administración Central del Estado, para “Evaluar sistemáticamente la efectividad y eficiencia del sistema de Ciencia e Innovación Tecnológica. Proponer o pronunciarse sobre las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de los Centros de Investigación y las Entidades de Servicios Científicos – Tecnológicos, incluyendo lo referente a su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación.”
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POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación mediante su Resolución No. 451/02 de 1 de julio del 2002, autoriza la extinción de la Unidad Presupuestada denominada Agencia de Ciencia y Tecnología subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: EXTINGUIR la Unidad Presupuestada denominada Agencia de Ciencia y Tecnología subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
Los bienes, recursos, derechos y obligaciones de toda índole adquiridos o contraídos por la Unidad Presupuestada que se extingue, se transfieren al Centro de Gerencia de Programas y Proyectos Priorizados, el que a todos los efectos legales se subroga en su lugar y grado.
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SEGUNDO: La Agencia de Ciencia y Tecnología debe
- dejar definido y legalizado a través de contratos cualquier deuda o compromiso contraídos por la misma.
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TERCERO: La extinción de la Unidad Presupuestada denominada Agencia de Ciencia y Tecnología, subordinada a este Ministerio, surte efecto a partir del primero de julio del 2002.
Comuníquese, con entrega de copia en todos los casos, a los Ministros de Economía y Planificación; Finanzas y Precios; Trabajo y Seguridad Social; Comercio Interior; Auditoría y Control; Comercio Exterior; al Banco Central de Cuba; a la Oficina Nacional de Estadísticas; a los Viceministros, Delegados Territoriales, Presidentes de Agencias, Directores y Jefes de Departamentos en la Sede Central y del resto del Sistema de este Ministerio y a cuantas otras personas naturales y jurídicas corresponda conocer lo dispuesto.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la Ciudad de La Habana, al primer día del mes de agosto del dos mil dos.
Dra. Rosa Elena Simeón Negrín
Ministra de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente
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