Resolución 360

Modificación de la Resolución 253 de 2003

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 25 Ordinaria de 2003 (2003-07-14)
Páginas
8
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La Resolución No. 360 regula la modificación de la Resolución 253 de 2003, emitida por el Ministerio del Comercio Exterior. Esta modifica la autorización de actividades de la sucursal de la firma panameña NAUTILUS SHIPPING OVERSEAS CORP. en Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 360 de 2003

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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal efecto tiene la atribución de conceder facultades para realizar operaciones de exportación e importación, determinando en cada caso la nomenclatura de mercancías que serán objeto de dichas operaciones.

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POR CUANTO: Mediante Resolución No. 253, de fecha de 3 de febrero de 2003, fue autorizada la inscripción, en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, de la sucursal de la firma panameña NAUTILUS SHIPPING OVERSEAS CORP.

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POR CUANTO: En la mencionada Resolución se consignó erróneamente la actividad autorizada a realizar a la entidad en el territorio nacional, por lo que se hace necesario disponer la modificación de la citada Resolución.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Enmendar el Resuelvo Segundo de la Resolución 253, de fecha de 3 de febrero de 2003, debiendo quedar como sigue: “SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma NAUTILUS SHIPPING OVERSEAS CORP., en Cuba, será la realización de actividades de fletamento de buques: shiphbrokers o chatering agents y operar (explotar) comercialmente buques propios o ajenos”.

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SEGUNDO: Ratificar la Resolución No. 253, de fecha 3 de febrero de 2003, en todo lo que no se oponga a la presente.

COMUNIQUESE la presente Resolución a los Viceministros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente Resolución al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la República, a la Empresa para la Prestación de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compañía ACOREC S.A., a la Dirección de Inmigración y Extranjería, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección Jurídica.

DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los tres días del mes de abril de dos mil tres.

Raúl de la Nuez Ramírez

Ministro de Comercio Exterior

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