Resolución 9/2016
La Resolución No. 9/2016 del Ministerio de la Construcción regula la denegación de inscripción de la Empresa de Servicios Técnicos PALCO en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Construcción, Ing. René Mesa Villafaña.
- Se deniega la inscripción de la Empresa de Servicios Técnicos PALCO en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores.
- La denegación se basa en que la empresa no tiene autorizados los servicios solicitados en su Objeto Social aprobado.
- El Encargado del Registro Nacional queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
- La resolución debe ser notificada al Encargado del Registro Nacional y al interesado.
- Se dispone que se archive el original en la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Construcción.
- La resolución se publica en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 9/2016
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Cons-trucción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjerasque pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administradorde proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier for-ma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitacio-nes de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro dela Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa de Servicios Técnicos PALCO, del Consejo de Ministrosen la provincia de La Habana, ha solicitado autorización para Registrarse y poder ejercercomo Constructor, Proyectista y Consultor.
POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, establece que corresponde al Ministro de la Cons-trucción, resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho Registro,adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16,trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus reco-mendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empre-sa de Servicios Técnicos PALCO, del Consejo de Ministros en la provincia de La Habana.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Denegar la Inscripción de la Empresa de Servicios Técnicos PALCO, del Consejo de Ministros en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Cons-trucción por no tener autorizados los servicios solicitados en el Objeto Social aprobado.
SEGUNDO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lodispuesto.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabili-zado de notificar al interesado.
Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, alos viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspec-ción Estatal de la Construcción.
Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 27 días del mes de enero de 2016.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción
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