Resolución 33/2024

Extinguir concesión de explotación Rúa en Sancti Spíritus

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 38 Ordinaria de 2024 (2024-04-29)
Páginas
9–10
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La Resolución 33/2024 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación minera denominada Rúa en Sancti Spíritus. Esta decisión se basa en la Ley 76 "Ley de Minas" de 1994 y es emitida por el Ministro de Energía y Minas.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 33/2024

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 74, de 16 de marzo de 1999, del ministro de la Industria Básica a la Empresa de Materiales de Construcción de Sancti Spíritus, posteriormente denominada Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Sancti Spíritus, de la concesión de explotación denominada Rúa, ubicada en el municipio de Fomento de la provincia de Sancti Spíritus, para explotar

el mineral arcilla para su utilización en la fabricación de ladrillos para la construcción, por un término de veinticinco (25) años, y por la Resolución 106, de 30 de junio de 2017, del ministro de Energía y Minas, se le autorizó a dicha Empresa una ampliación del área de la concesión; por lo que incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, en el Capítulo X,

Artículo 60, inciso a).

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación denominada Rúa, ubicada en el municipio de Fomento de la provincia de Sancti Spíritus, otorgada a la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Sancti Spíritus.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Sancti Spíritus está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.

CUARTO: Derogar las resoluciones 74, de 16 de marzo de 1999, del ministro de la Industria Básica, y la 106, de 21 de septiembre de 2017, del ministro de Energía y Minas.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Sancti Spíritus.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 4 días del mes de abril del 2024, “Año 66 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro