Resolución 41/2003

Sobre la constitución del Grupo de Desarrollo Docente para la Ciencia, la Innovación

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
2003-03-19
Publicada en
Gaceta No. 23 Ordinaria de 2003 (2003-07-08)
Páginas
3–4
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La Resolución No. 41/2003 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente crea el Grupo de Desarrollo Docente para la Ciencia, la Innovación Tecnológica y el Medio Ambiente en el Municipio Especial Isla de la Juventud. Este grupo pertenece al Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares y tiene como objetivo realizar actividades de educación de postgrado en el territorio.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 41/2003

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 21 de Abril de 1994, quien resuelve fue designada Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4002, adoptado el 24 de abril del 2001 por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros establece en su apartado Segundo numeral 9 entre los deberes, atribuciones y funciones específicas del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, “evaluar sistemáticamente la efectividad y eficiencia del sistema de ciencia e innovación tecnológica. Proponer y pronunciarse sobre las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de los centros de investigación y las entidades de Servicios Científicos-Tecnológicos, incluyendo lo referente a su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación”.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 57 de 15 de Mayo de 2001 dictada por quien resuelve, fue creada la Unidad Presupuestada denominada Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares, identificado con las siglas ISCTN, integrante de la Agencia de Energía Nuclear de este Ministerio, que posee patrimonio propio y personalidad jurídica independiente, quien tiene entre sus objetivos, elevar el nivel de los egresados mediante cursos de superación profesional y formación académica de postgrado, en las ramas de la ciencia, la tecnología, el medio ambiente, la información y la energía, encontrándose entre otras de sus atribuciones y funciones constituir las cátedras y departamentos que sean necesarios para lograr el desarrollo integral de las funciones y atribuciones del Instituto en correspondencia con las regulaciones que a tales efectos se dicten en el país por el organismo rector de la educación superior.

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POR CUANTO: El artículo 52 de la Resolución No. 6, “Reglamento de la Educación de Postgrado de la República de Cuba” dictada por el Ministerio de Educación Superior con fecha 9 de enero de 1996, expresa que “constituyen formas principales de la Superación Profesional, el diplomado, el curso y el entrenamiento” y que otras formas son “la auto preparación, la conferencia especializada, el taller, el seminario, el debate científico, el encuentro de intercambio de experiencia y otras que posibiliten el estudio y la divulgación de los avances de la ciencia, la técnica y el arte”.

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POR CUANTO: En el Municipio Especial Isla de la Juventud están identificadas las necesidades relacionadas con el medio ambiente y con los procesos de innovación y desarrollo científico de las empresas y se valora que se requiere contar con una unidad organizativa que permita servir de vínculo entre el Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares y la Delegación Territorial de este Ministerio, dirigida al desarrollo de personal calificado en temas de Gerencia de la Ciencia, la Innovación Tecnológica y el Medio Ambiente en las empresas y demás entidades del territorio.

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POR CUANTO: La experiencia acumulada por el Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares durante el período transcurrido, unido a la necesidad de apoyar el programa de municipalización de la enseñanza superior, así como las necesidades que presenta el Municipio Especial Isla de la Juventud, hacen que la Dirección de Recursos Humanos, previa comprobación y análisis del cumplimiento de los requisitos exigidos en el citado Reglamento, haya propuesto que se constituya el Grupo de Desarrollo Docente para la Ciencia, la Innovación Tecnológica y el Medio Ambiente, del Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares, integrante de la Agencia de Energía Nuclear, perteneciente a este Ministerio.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Crear en el Municipio Especial Isla de la Juventud, la unidad organizativa denominada Grupo de Desarrollo Docente para la Ciencia, la Innovación Tecnológica y el Medio Ambiente, perteneciente al Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares al que está subordinado metodológica y técnicamente, dada la naturaleza de las funciones asignadas.

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SEGUNDO: El Grupo de Desarrollo Docente para la Ciencia, la Innovación Tecnológica y el Medio Ambiente, dada su ubicación geográfica es atendido económica y administrativamente por la Delegación de este Ministerio en el Municipio Especial Isla de la Juventud.

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TERCERO: El Grupo de Desarrollo Docente para la Ciencia, la Innovación Tecnológica y el Medio Ambiente tiene como misión, realizar las actividades de educación de postgrado en el Municipio Especial Isla de la Juventud en correspondencia con la labor que realiza el Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares, para con ello contribuir al desarrollo del personal en los campos de la Gerencia de la Innovación Tecnológica y Medioambiental y la divulgación y generalización de los nuevos conocimientos científicos.

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CUARTO: A los fines de garantizar el cumplimiento de sus misiones, la Unidad Organizativa tiene las funciones y atribuciones siguientes:

- a) Promover, organizar y desarrollar las actividades de superación que le sean asignadas por el Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares y contribuir a los demás procesos de desarrollo profesional de los especialistas del territorio.

- b) Estructurar un sistema de superación que responda a las necesidades específicas y variables de las organizaciones del territorio.

- c) Desarrollar la educación de postgrado en los temas de la Gerencia de la Ciencia, la Innovación Tecnológica y el Medio Ambiente, a partir de las necesidades del territorio.

- d) Lograr la interacción de los especialistas del territorio con especialistas de mayor nivel que vienen de organismos centrales.

- e) Coordinar y participar en la impartición de las Maestrías autorizadas para el Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares, así como diplomados, cursos y conferencias, dentro del marco establecido para este tipo de actividades en la legislación vigente.

- f) Desarrollar un laboratorio de análisis en el territorio, que permita que las teorías que se imparten y los resultados de los trabajos científicos puedan ser aplicados y comprobados en la práctica.

- g) Realizar trabajos de investigación y servicios científico técnicos conjuntos con otros organismos nacionales y extranjeros, usando como vías los proyectos de colaboración aprobados por la autoridad competente.

- h) Facilitar las posibilidades de actuación de las Facultades del Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares en cuanto a los problemas y necesidades del territorio.

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QUINTO: Los procedimientos y regulaciones para la planificación, desarrollo y control de la educación profesional de postgrado y toda la actividad organizativa docente que se lleve cabo, se ajustan a lo establecido en el precitado “Reglamento de la Educación de Postgrado de la República de Cuba”, del Ministerio de Educación Superior.

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SEXTO: La unidad organizativa denominada Grupo de Desarrollo Docente para la Ciencia, la Innovación Tecnológica y el Medio Ambiente está a cargo de un coordinador, cuya designación y remoción es competencia del Rector del Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares a propuesta del Delegado de este Ministerio en el Municipio Especial Isla de la Juventud.

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SÉPTIMO: La Unidad Organizativa cuenta con una plantilla fija de 3 trabajadores, de la que dos realizan funciones docentes.

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OCTAVO: Los ajustes de la estructura y de la cifra límite de trabajadores son aprobados por el Viceministro que atiende las actividades de Perfeccionamiento y Organización y Recursos Humanos del Sistema del Organismo, a propuesta del Rector del Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares y oído el parecer del Delegado del Municipio Especial Isla de la Juventud.

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NOVENO: El Rector del Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares presentará para su aprobación, la propuesta de plantilla a la Direcciones de Recursos Humanos en el plazo de 30 días contados a partir de la creación de la unidad organizativa.

Notifíquese a la Unidad Organizativa por intermedio de la Dirección de Recursos Humanos, al Rector del Instituto Superior de Ciencias y Tecnologías Nucleares, al Delegado de este Ministerio en el Municipio Especial Isla de la Juventud, a la Agencia de Energía Nuclear y comuníquese a los Ministerios de Economía y Planificación, Trabajo y Seguridad social, de Enseñanza Superior, así como al Viceministro Primero y demás Viceministros, Presidentes de Agencias, Delegados Territoriales, directores, jefes de departamento en el ámbito de la sede central, los centros, institutos, empresas y demás dependencias que conforman el sistema de este Ministerio y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerlo.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de marzo de 2003.

Dra. Rosa Elena Simeón Negrín

Ministra de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

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