Resolución 332
Esta resolución autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía china BEIJING FANGLIAN TECHNOLOGY CO. LTD en Cuba. La emite el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera según el Decreto 32 de 2021 y el Decreto-Ley 67 de 1983.
- Se autoriza la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- El giro comercial es la comercialización de bienes, tecnologías y equipos.
- No se autoriza importar y exportar comercialmente, ni realizar comercio mayorista y minorista.
- La licencia no permite emitir facturas comerciales ni distribuir mercancías.
- La entidad debe formalizar su inscripción en 90 días.
Texto íntegro
GOC-2023-886-O102 RESOLUCIÓN 332/2023
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece lasregulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoadoen virtud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía china BEIJING FANGLIAN TECHNOLOGY CO. LTD y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR CUANTO: El
Artículo 33 del Decreto-Ley 67 “De Organización de la Administración Central del Estado”, de 19 de abril de 1983, establece que los jefes de los organismos
2915 GACETA OFICIAL25 de octubre de 2023 de la Administración Central del Estado podrán ser temporalmente sustituidos, cuandofuere necesario, por el Viceministro Primero de estos.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 60 del Presidente del Consejo de Ministros, de 13 de diciembre de 2019, fue designada la que resuelve, Viceministra Primera del Mi-nisterio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía china BEIJING FANGLIAN TECHNOLOGY CO. LTD, en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repú-blica de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía china BEIJING FANGLIAN TECHNOLOGY CO. LTD en Cuba, a partir de su inscripción, esla comercialización de bienes, tecnologías, equipos de comunicaciones, productos químicos, computadores, software, equipos auxiliares, equipamiento mecánico, materialesmetálicos y de construcción.TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio internacional; c) emitir facturas comerciales; nid) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado. NOTIFÍQUESE al encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera. DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.Ana Teresita González Fraga Ministra a.i.