Resolución 333
La Resolución No. 333 regula los impuestos para trabajadores por cuenta propia en peluquería, barbería y manicura. La norma es emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios y establece las especificidades para el pago de impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre los Servicios Públicos, así como la Contribución a la Seguridad Social.
- Los trabajadores por cuenta propia pagarán impuestos según el Régimen Simplificado de Tributación.
- Se regulan las actividades de peluquería, barbería y manicura vinculadas a empresas provinciales de Servicios Técnicos, Personales y del Hogar.
- Los trabajadores están obligados a pagar impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre los Servicios Públicos.
- También deben pagar la Contribución a la Seguridad Social.
- Se establecen normativas para el tratamiento tarifario para el arrendamiento de locales.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 333-2011
POR CUANTO: La Ley No. 73, “Del Sistema Tributario”, de fecha 4 de agosto de 1994, establece los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre los Servicios Públicos, así como una Contribución Especial de los trabajadores beneficiarios de la Seguridad Social, a cuyo pago se obligan las personas naturales; y faculta al Ministro de Finanzas y Precios, para establecer las bases imponibles y tipos impositivos de los impuestos, y las formas y procedimientos para el cálculo, pago y liquidación de los impuestos. En el Decreto-Ley No. 278 de fecha 30 de septiembre de 2010 se regula el Régimen Especial de Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia. Mediante el Acuerdo No. 3944, de fecha 19 de marzo de 2001, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros se establece el objetivo, las funciones y atribuciones específicas de este Ministerio, entre las que se encuentran las de dirigir y controlar la labor de formación, fijación y modificación de los precios y tarifas.
POR CUANTO: Mediante Resolución No. 434, de fecha de 19 de octubre de 2011, dictada por la Ministra del Comercio Interior, se establece el Reglamento para el funcionamiento de las Barberías y Peluquerías de las empresas provinciales de Servicios Técnicos, Personales y del Hogar, que aplicarán el sistema de gestión económica de arrendamiento de locales para el Trabajo por Cuenta Propia, para el ejercicio de las actividades de peluquería, barbería y manicura; mediante la
11 de noviembre de 2011 GACETA OFICIAL 1079 Resolución No. 298 de fecha 6 de septiembre de 2011, dictada por la que resuelve, se regulan las normas relativas al pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre los Servicios Públicos, y las referentes al pago de la Contribución a la Seguridad Social por los trabajadores por cuenta propia, así como las relativas al Régimen Simplificado de Tributación; siendo necesario regular las especificidades para el pago de los referidos tributos por los trabajadores por cuenta propia que ejerzan las actividades mencionadas, vinculadas a este sistema de gestión económica, y definir las normativas para el tratamiento tarifario para el arrendamiento de locales en el ejercicio de estas actividades.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el Apartado Tercero, numeral Cuarto del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :PRIMERO: Los trabajadores por cuenta propia vinculados a las empresas provinciales de Servicios Técnicos, Personales y del Hogar por medio de contratos de arrendamiento de locales, para el ejercicio de las actividades de peluquería, barbería y manicura, pagarán de conformidad con el Régimen Simplificado de Tributación establecido en la