Resolución 337
El Consejo de Estado de la República de Cuba designa a un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario mediante este acuerdo. La designación se realiza en virtud de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República.
- Se designa a Lucas Domingo Hernández Polledo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.
- Se acredita ante el Gobierno de la República Unida de Tanzania.
- También se acredita ante la Unión de las Comoras de forma concurrente.
- El Ministro de Relaciones Exteriores es responsable del cumplimiento de este acuerdo.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le estánconferidas en el artículo 90, inciso j), de la Constitución de la República, ha adoptado elsiguiente
ACUERDO
PRIMERO: Designar a LUCAS DOMINGO HERNÁNDEZ POLLEDO para el cargode Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba.
SEGUNDO: Disponer que LUCAS DOMINGO HERNÁNDEZ POLLEDO, Embaja-dor Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobier-no de la República Unida de Tanzania y, como concurrente, ante la Unión de las Comoras.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimientode lo dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectosprocedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 28 días del mes de noviem-bre de 2016.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado