Resolución 337

Autorización de inscripción de REPRESENTACIONES CULTURALES, S.A. como agente de ENDIRECTO, GmbH.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
2019-12-02
Publicada en
Gaceta No. 101 Ordinaria de 2019 (2019-12-23)
Páginas
39–40
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Texto íntegro

GOC-2019-1118-O101 RESOLUCIÓN 339 de 2019

POR CUANTO: El Decreto 206 “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el pro-cedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtud de la solicitud de inscripción de la compañía REPRESENTACIONES CULTURALES, S.A. (RECSA) como agente de la compañía alemana ENDIRECTO, GmbH. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del

Artículo 145 de la Constitución de la República de CubaRESUELVOPRIMERO: Autorizar la inscripción de la compañía REPRESENTACIONES CULTURALES, S.A. (RECSA) como agente de la compañía alemana ENDIRECTO, GmbH. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El objeto de la compañía REPRESENTACIONES CULTURALES, S.A. (RECSA) como agente de la compañía alemana ENDIRECTO, GmbH. en Cuba, a partir de su inscripción, será la realización de actividades comerciales relacionadas con la pro-moción musical de artistas y disqueras cubanas, mediante la participación en eventos y festivales internacionales; así como dar seguimiento a la tecnología en soporte de audio.

2295 GACETA OFICIAL23 de diciembre de 2019

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no auto-riza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que am-paran las operaciones de comercio exterior; y c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vi-gor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el Apar-tado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este Apartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autori-zada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado. NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio. COMUNÍQUESE al Presidente de Representaciones Culturales, S.A. y a los vice-ministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera. DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los dos días del mes de diciembre de dos mil diecinueve. “Año 61 de la Revolución”.Rodrigo Malmierca Díaz________________