Resolución 338

Sobre precios de venta de combustibles

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2020-11-25
Publicada en
Gaceta No. 71 Extraordinaria de 2020 (2020-12-10)
Páginas
178–179
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 338 del Ministerio de Finanzas y Precios regula los precios de venta de combustibles en pesos cubanos. Establece los precios de diferentes tipos de gasolina y diesel para entidades estatales, sociedades mercantiles cubanas y usuarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. La Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, emite esta resolución.

Texto íntegro

GOC-2020-849-EX71 RESOLUCIÓN No. 350-2020

POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Proceso de Ordenamiento Monetario”, del 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria y cambiaria.

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, del 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios cuyos precios y tarifas en pesos cubanos se fijan y modifican por el Consejo de Ministros y faculta al Ministro de Finanzas y Precios o en quien este delegue, a aprobar y modificar los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en el Anexo Único del referido Decreto.

POR CUANTO: La Resolución 102 dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, del 10 de marzo de 2020, establece la tasa de Margen Comercial para comercializar diesel regular por cada litro de combustible despachado por los Servicentros Rodantes del Grupo Empresarial CIMEX S.A.

POR CUANTO: La Resolución 190 dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, del 1 de junio de 2020, establece en su Anexo III, los precios mayoristas de los combustibles que se expenden en los Servicentros.

POR CUANTO: El proceso de ordenamiento monetario y cambiario demanda la actualización de los precios de los combustibles.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba:RESUELVOPRIMERO: Establecer los siguientes precios de venta de los combustibles en pesos cubanos que se comercializan a través de la red de servicentros con destino a entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, sujetos que operan en el país al amparo de la Ley 118 “De la Inversión Extranjera”, así como a los usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel:

934 GACETA OFICIAL 10 de diciembre de 2020 UM: Pesos cubanos por LitrosDESCRIPCIÓN PRECIO DE VENTA DEL SERVICENTROGASOLINA MOTOR (83 OCTANOS) 14.66 GASOLINA MOTOR (90 OCTANOS) 16.46 GASOLINA MOTOR (94 OCTANOS) 17.37 DIESEL REGULAR 13.99 DIESEL ESPECIAL 15.12 GASOLINA MOTOR (100 OCTANOS) 20.27

SEGUNDO: Establecer con carácter de máxima, la tasa de Margen Comercial para comercializar diesel regular por valor de 0.60 pesos cubanos por cada litro de combustible despachado por los Servicentros Rodantes del Grupo Empresarial CIMEx S.A.

TERCERO: Para las operaciones de pagos y facturación que se efectúan de forma anticipada entre las entidades que adquieren el combustible a precios mayorista y la Financiera Cimex S.A., se aplican los precios establecidos en la presente a partir de la carga correspondiente al mes de febrero del 2021.

CUARTO: Derogar la Resolución 102, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, del 10 de marzo de 2020.

QUINTO: La presente Resolución se aplica a las operaciones realizadas a partir del 1 de febrero de 2021.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 25 días del mes de noviembre de 2020.Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios________________