Resolución 339
Esta resolución regula las tarifas para servicios de transportación de pasajeros en Cuba. La Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, emite esta norma para adecuar las tarifas al escenario de ordenamiento monetario.
- Deroga las resoluciones 213/2018, 919/2018 y 205/2019, que establecían tarifas anteriores.
- Faculta al Ministro del Transporte para establecer tarifas por exceso de equipaje en ómnibus nacionales.
- Faculta al Jefe de la Unión de Ferrocarriles de Cuba para aprobar tarifas en pesos cubanos para transportación por ferrocarril.
- La resolución entra en vigor a partir del 1 de enero de 2021.
Texto íntegro
GOC-2020-848-EX71 RESOLUCIÓN No. 349-2020
POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Proceso de Ordenamiento Monetario”, del 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria y cambiaria.
POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, del 25 de noviembre de 2020, dispone en su Disposición Especial Segunda que los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único, se aprueban por el Ministro de Finanzas y Precios o en quien este delegue.
POR CUANTO: Las resoluciónes 213, del 6 de julio y 919, del 21 de diciembre, ambas del año 2018 y la 205, del 6 de julio de 2019, todas dictadas por la Ministra de Finanzas y Precios, establecen las tarifas para los servicios de transportación de pasajeros.
POR CUANTO: Resulta necesario derogar las resoluciónes antes mencionadas para adecuarlas al escenario de ordenamiento monetario.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida por el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba:RESUELVOPRIMERO: Facultar al Ministro del Transporte para establecer las tarifas en pesos cubanos por el exceso de equipaje acompañante en los ómnibus que prestan servicios de transportación nacional de pasajeros; el peso de equipaje permitido sin costo adicional, en la transportación de vuelos nacionales; y el cobro por el exceso de equipaje en los vuelos nacionales, así como los procedimientos que se requieran para garantizar el funcionamiento y cumplimiento de las tarifas que se aprueben.
SEGUNDO: Facultar al Jefe de la Unión de Ferrocarriles de Cuba para aprobar las tarifas en pesos cubanos, de la transportación de pasajeros por ferrocarril en los coches chinos, en las distancias no aprobadas por el Ministro de Finanzas y Precios, así como a establecer los procedimientos comerciales y de funcionamiento, que complementen y garanticen el cumplimiento de las tarifas aprobadas para el referido servicio de transportación.
933 GACETA OFICIAL10 de diciembre de 2020
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Derogar las resoluciónes 213, del 6 de julio y 919, del 21 de diciembre, ambas del año 2018 y la 205, del 6 de julio de 2019, todas dictadas por la Ministra de Finanzas y Precios.
SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a partir del 1 de enero de 2021.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 25 días del mes de noviembre de 2020.Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios________________