Resolución 34
La Resolución 34 del Ministerio de Energía y Minas regula los precios del Gas Licuado de Petróleo (GLP) para el trimestre mayo a julio de 2019. Establece precios para entidades autofinanciadas y tarifas de servicio para entidades no autofinanciadas. La resolución es emitida por el Ministro de Energía y Minas.
- Precios para entidades autofinanciadas: GLP a granel $692,80 USD/t y embotellado $966,38 USD/t
- Tarifa de servicio para entidades no autofinanciadas: suministro a granel $158,81 USD/t y embotellado $187,93 USD/t
- Vigencia de los precios y tarifas hasta el 31 de julio de 2019
- Aplicables a la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A.
- Deroga la Resolución 6 de 30 de enero de 2019
Texto íntegro
GOC-2019-458-O35 RESOLUCIÓN 34
POR CUANTO: La Resolución 265, de 6 de junio de 2014, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, faculta al ministro de Energía y Minas para formar, fijar y modificar los precios del Gas Licuado de Petróleo con destino a las entidades autofinanciadas, así como la tarifa de servicios de suministro a las entidades no autofinanciadas, correspondientes a dicho producto.
POR CUANTO: La Resolución 6, de 30 de enero de 2019, dictada por el que resuelve, fijó los precios correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, para aplicar en la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A., correspondientes al trimestre febrero a abril de 2019, con vigor hasta el día 30 de abril de 2019, por lo que resulta ne-cesario actualizar dichos precios y en consecuencia, derogar la Resolución 6, de 30 de enero de 2019.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República,RESUELVOPRIMERO: Fijar con carácter oficial y de obligatorio cumplimiento en todo el territorio nacional los precios que se relacionan en el Anexo Único, que forma parte integrante de
538 GACETA OFICIAL 9 de mayo de 2019 esta Resolución, que comprende la lista de precios y las tarifas de servicio de suministro de GLP, a granel y embotellado, correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, para aplicar en la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A., los cuales se aprueban para el trimestre mayo a julio de 2019, con vigor hasta el día 31 de julio de 2019.
SEGUNDO: Derogar la Resolución 6, de 30 de enero de 2019, dictada por quien re-suelve, mediante la que se fijó la lista de precios de la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, para aplicar en la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A., correspon-diente al trimestre febrero a abril de 2019, vigentes hasta el día 30 de abril de 2019.
TERCERO: Los precios fijados mediante la presente Resolución se aplican a partir del primero de mayo de 2019. COMUNÍQUESE al director general de Petróleo y Gas y al director de Regulación y Control de este Ministerio, al director general de la Unión Cuba Petróleo y al gerente general de la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A. DESE CUENTA a la ministra de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de esta Resolución en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 24 días del mes de abril de 2019.Raúl García Barreiro Ministro de Energía y MinasANEXO ÚNICO07.04.00 ABASTECIMIENTO TÉCNICO - MATERIAL PRECIOS AL CLIENTE FINAL DEL SECTOR AUTOFINANCIADODescripción UM Precio USDGas licuado de petróleo a granel t 692,80 Gas licuado de petróleo embotellado t 966,38 Nota: Estos precios serán utilizados por la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A. Vigentes hasta el 31 de julio de 2019. TARIFA DE SERVICIO DE SUMINISTRO A GRANEL Y EMBOTELLADO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO AL SECTOR NO AUTOFINANCIADODescripción UM Precio USDSuministro de gas licuado de petróleo: - A granel t 158,81 - Embotellado t 187,93 Nota: Estos precios serán utilizados por la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A. Vigentes hasta el 31 de julio de 2019.