Resolución 34
La Resolución No. 34 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación de caolín en Siguaney, otorgada a la Empresa de Cemento de Siguaney. Esta decisión se basa en la Ley 76, "Ley de Minas", de 1994 y sus prórrogas. El Ministerio de Energía y Minas es el encargado de dictar disposiciones para la ejecución de esta ley.
- Extinción de concesión de explotación Gaspar, en municipio Baraguá, provincia Ciego de Ávila.
- Otorgada a Empresa de Cemento de Siguaney, para explotación de caolín.
- Venció el término de concesión el 21 de marzo de 2020.
- Área queda franca para nuevas solicitudes mineras.
- Empresa debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
Texto íntegro
GOC-2020-321-O28 RESOLUCIÓN 34
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición final segunda, de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado mediante la Resolución 30, de 12 de enero de 2000, del ministro de la Industria Básica, a la Empresa de Cemento de Si-guaney, para una concesión de explotación en el área denominada Gaspar, ubicada en el municipio Baraguá de la provincia de Ciego de Ávila para explotar el mineral caolín por
975 GACETA OFICIAL15 de abril de 2020 un término de cinco (5) años, para su utilización en la fabricación de clinker en la fábrica de cemento Siguaney; prorrogada sucesivamente mediante las Resoluciones 195, de 9 de junio de 2005 y la 489, de 12 de julio de 2010, ambas de la ministra de la Industria Básica, hasta el 21 de marzo de 2020; por lo que se incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, en el capítulo X, artículo 60, inciso a).
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba:RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación denominada Gaspar, ubicada en el municipio Baraguá de la provincia de Ciego de Ávila, otorgada y prorrogada mediante las Resolución 30, de 12 de enero de 2000, del ministro de la Industria Básica, la 195, de 9 de junio de 2005 y la 489, de 12 de julio de 2010, ambas de la ministra de la Industria Básica, a la Empresa de Cemento de Siguaney.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa de Cemento de Siguaney, está obligada a cumplir las obli-gaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar las Resolución 30, de 12 de enero de 2000, del ministro de la Industria Básica, la 195, de 9 de junio de 2005 y la 489, de 12 de julio de 2010, ambas de la ministra de la Industria Básica. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Cemento de Siguaney.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas. Dada en La Habana, a los 6 días del mes de Abril de 2020. “Año 62 de la Revolución”.Nicolás Liván Arronte Cruz Ministro________________