Resolución 47/2004

Sobre la emisión de tarjetas postales de felicitaciones por el Día de los Padres

Organismo
Ministerio de la Informática y las Comunicaciones
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 49 Ordinaria de 2004 (2004-08-26)
Páginas
17
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La Resolución No. 47/2004 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones regula la emisión de tarjetas postales de felicitaciones por el Día de los Padres. Esta norma es emitida por el Ministro de la Informática y las Comunicaciones.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 47/2004

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POR CUANTO: El Decreto-Ley 204 de fecha 11 de enero del 2000 cambió la denominación actual del Ministerio de Comunicaciones por el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, que desarrollará las tareas y funciones que hasta el presente realizaba el Ministerio de Comunicaciones, así como las de Informática y la Electrónica que ejecutaba el Ministerio de la Industria Sidero-Mecánica y la Electrónica

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POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante Acuerdo de fecha 12 de enero del 2000, designó al que resuelve Ministro de la Informática y las Comunicaciones.

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POR CUANTO: En años anteriores se han puesto a la venta Tarjetas Postales de felicitaciones para el “DIA DE LOS PADRES” las que fueron acogidas con General beneplácito por la población.

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POR CUANTO: Es necesario dictar medidas oportunas para que dichos enteros Postales se confeccionen y pongan en circulación con la mayor brevedad posible.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Que se proceda a la confección de 300. 000 tarjetas postales de felicitaciones por el “DIA DE LOS PADRES” prepagadas por el valor de 0.35 Centavos y valor de venta al público de $ 1.00, se realizarán con 9 vistas que representan motivos alegóricos a la fecha, con un sello impreso a un solo color ostentando en su diseño a un hombre y una niña sentada en sus piernas y dos estrellas.

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SEGUNDO: Que la Empresa Correos de Cuba, señale el primer día de circulación de esta emisión distribuyendo las cantidades necesarias a todos los correos del país, quedando encargada de velar por el cumplimiento de lo que por el presente se dispone.

COMUNIQUESE a la Empresa Correos de Cuba y por su conducto a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerlas. Archivar el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en la ciudad de La Habana, a los 28 días del mes de junio del 2004.

Ignacio González Planas

Ministro de la Informática

y las Comunicaciones