Resolución 343

Autorización a la Empresa Constructora Militar Campaña de Las Villas

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2018-06-18
Publicada en
Gaceta No. 44 Ordinaria de 2018 (2018-12-11)
Páginas
15–18
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 343 autoriza a la Empresa Constructora Militar Campaña de Las Villas a registrarse y ejercer como constructor en la provincia de Villa Clara. La Resolución es emitida por el Ministerio de la Construcción, que tiene la función de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas que pretendan actuar como constructoras.

Texto íntegro

GOC-2018-896-O44 RESOLUCIÓN No. 319/2018

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641, de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras, que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

1155 GACETA OFICIAL11 de diciembre de 2018

POR CUANTO: La Resolución No. 328, de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184, de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscrita al ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa Constructora Militar Campaña de Las Villas, en la provincia de Villa Clara, ha solicitado autorización para registrarse y poder ejercer como Constructor.

POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba establece que corresponde al ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16, trasladó al presidente de la Comisión Nacional el expediente incoado, el que con sus recomendaciones ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Constructora Militar Campaña de Las Villas, en la provincia de Villa Clara.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidasen el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la inscripción de la Empresa Constructora Militar Campaña de Las Villas, en la provincia de Villa Clara, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscrito a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, se avala que la Empresa Constructora Militar Campaña de Las Villas cuenta con la capacidad técnica necesaria para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados 1. Servicios de constructor:a) Brindar servicios de construcción civil y montaje de nuevas obras en los objetivos autorizados.1.1. Tipos de objetivos:a) Obras de arquitectura. b) Obras de ingeniería incluyendo marítimas e hidráulicas. c) Naves y estructuras metálicas. d) Viviendas hasta cinco niveles incluyendo su estructura.

1156 GACETA OFICIAL 11 de diciembre de 20182. Servicios de constructor:a) Brindar servicios de demolición, desmontaje, decoración, remodelación, reconstrucción, rehabilitación, reparación y mantenimiento constructivo de los objetivos autorizados. b) Brindar servicios de aplicación de hormigón asfáltico, hidráulicos, morteros y otros materiales y productos para la construcción. c) Áreas verdes vinculadas al proceso productivo. d) Recogida de escombros y desechos sólidos. e) Movimiento de tierra, voladura y dragado. f) Brindar servicios de preparación técnica de obras.2.1. Tipos de objetivos:a) Obras de arquitectura. b) Obras de ingeniería incluyendo marítimas e hidráulicas. c) Obras industriales. d) Viviendas en general.

TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución se expedirá por un término de dieciocho (18) meses a partir de la vigencia de su inscripción.

CUARTO: Esta entidad presta sus servicios sin estar certificado ni avalado su Sistema de Gestión de la Calidad por la Norma NC ISO – 9001 vigente.

QUINTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

SEXTO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado se interpretará como el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba procederá al archivo del expediente incoado. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. COMUNÍQUESE al presidente y vicepresidente ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

1157 GACETA OFICIAL11 de diciembre de 2018

ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 18 días del mes de junio de 2018.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________