Resolución 345

Prórroga de concesión minera para explotación y procesamiento de arena en el yacimiento Gaspar-Corojo

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 17 Ordinaria de 2004 (2004-04-08)
Páginas
13
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La Resolución No. 345 del Ministerio de la Industria Básica regula la prórroga de una concesión minera para la explotación y procesamiento de arena en el yacimiento Gaspar-Corojo. La concesión se otorga a la Empresa de Materiales de Construcción No. 1, Ciego de Avila.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 345

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POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su

Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales y sus prórrogas.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el

Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.

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POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción No. 1, Ciego de Avila ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de prórroga a la concesión de explotación y procesamiento otorgada mediante la Resolución No. 262 de 28 de septiembre de 1998, del que resuelve, para la realización de trabajos mineros en el área del yacimiento Gaspar-Corojo.

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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente recomendar al Ministro de la Industria Básica que se otorgue la prórroga a la concesión solicitada.

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POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Otorgar a la Empresa de Materiales de Construcción No. 1, Ciego de Avila una prórroga a la concesión de explotación y procesamiento que le fuera otorgada mediante la Resolución No. 262 de 28 de septiembre de 1998, del que resuelve, para la explotación y el procesamiento del mineral de arena en el área del yacimiento Gaspar-Corojo.

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SEGUNDO: La prórroga a la concesión minera de explotación y procesamiento que se otorga vencerá el 16 de diciembre del 2007.

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TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en la Resolución No. 262 de 28 de septiembre de 1998, del que resuelve, son de aplicación a la prórroga que se autoriza, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en el Apartado anterior de la presente Resolución.

NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al concesionario.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas sea necesario.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 30 días del mes de diciembre del 2003.

Marcos Portal León

Ministro de la Industria Básica

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