Resolución 344
La Resolución No. 344 del Ministerio de la Industria Básica regula la prórroga de concesión de procesamiento de mineral de caliza. La norma es emitida por el Ministro de la Industria Básica, Marcos Portal León, en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Minas y el Acuerdo No. 3190.
- Se otorga prórroga a la concesión de procesamiento a la Empresa de Materiales de Construcción No. 1, Ciego de Avila.
- La prórroga se otorga para el procesamiento del mineral de caliza en el área denominada La Redonda.
- La prórroga vence el 30 de septiembre de 2020.
- Se mantienen los términos, condiciones y obligaciones de la Resolución No. 247 de 1998, excepto lo que se oponga a lo establecido en esta resolución.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 344
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POR CUANTO: La Ley No.76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su
Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales y sus prórrogas.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el
Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.
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POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción No. 1, Ciego de Avila ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de prórroga a la concesión de procesamiento otorgada mediante la Resolución No. 247 de 10 de septiembre de 1998, del que resuelve, para la realización de trabajos mineros en el área denominada La Redonda.
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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente recomendar al Ministro de la Industria Básica que se otorgue la prórroga a la concesión solicitada.
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POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Otorgar a la Empresa de Materiales de Construcción No. 1, Ciego de Avila una prórroga a la
- concesión de procesamiento que le fuera otorgada mediante la Resolución No. 247 de 10 de septiembre de 1998, del que resuelve, para el procesamiento del mineral de caliza en el área denominada La Redonda.
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SEGUNDO: La prórroga a la concesión minera de procesamiento que se otorga vencerá el 30 de septiembre del 2020.
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TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en la Resolución No. 247 de 10 de septiembre de 1998, del que resuelve, respecto a los trabajos de procesamiento son de aplicación a la prórroga que se autoriza, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en el Apartado anterior de la presente Resolución.
NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al concesionario.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas sea necesario.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 30 días del mes de diciembre del 2003.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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