Resolución 128

Dejar sin efecto disposiciones sobre precios

Organismo
Ministerio de la Industria Alimentaria
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 78 Extraordinaria de 2020 (2020-12-18)
Páginas
48–49
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La Resolución No. 128 del Ministerio de la Industria Alimentaria deja sin efecto disposiciones sobre precios de entidades pertenecientes al sistema corporativo y presupuestado. Fue emitida en uso de las facultades conferidas en la Constitución de la República de Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 128

POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Procesode Ordenamiento Monetario”, de fecha 24 de noviembre de 2020, se dispone quelos jefes de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, de lasorganizaciones superiores de dirección empresarial y de las entidades nacionales quecorrespondan, actualizan y dictan las disposiciones legales que resulten necesariaspara la aplicación del mismo.

POR CUANTO: Teniendo en cuenta lo referido en el Por Cuanto anterior resulta nece-sario dejar sin efecto las disposiciones que aprueban precios a las entidades pertenecientesal sistema corporativo y presupuestado, sean adscriptas o subordinadas a este Ministeriode la Industria Alimentaria, así como a las empresas de subordinación local, por lo queresulta necesario disponer lo que se expresa en la parte resolutiva de la presente.

POR TANTO: En uso de las facultades que me han sido conferidas en el artículo 145,inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Dejar sin efecto la Resolución número 704, de fecha 11 de agosto del 2011; las números 162 y 163, de fecha 13 de marzo del 2012; las números 500 y 501, defecha 29 de junio del 2012; las números 691 y 692, de fecha 13 de septiembre del 2012; la

número 860, de fecha 26 de diciembre del 2012; la número 275, de fecha 10 de mayo del 2013, la número 294, de fecha 28 de mayo del 2013, las números 355, 356 y 357, de fecha 2 de octubre del 2013; la número 95, de fecha 21 de mayo del 2014; las números 137,138, 139, 140 y 141, de fecha 4 de agosto del 2014; la número 148, de fecha 8 de agostodel 2014; la número 342, de fecha 17 de diciembre del 2014; la número 140, de fecha 8 de julio del 2015; la número 163, de fecha 11 de agosto del 2015; la número 186, de fecha 30 de septiembre del 2015; la número 1, de fecha 5 de enero del 2016; la número 73, defecha 3 de mayo del 2016; la número 86, de fecha 9 de junio del 2016; y la número 142,de fecha 3 de julio del 2018, dictadas todas por la Ministra de la Industria Alimentaria.

SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor el 1 ro de enero de 2021.

DESE CUENTA a la Ministra de Finanzas y Precios, al Ministro Presidente del Banco Central de Cuba, al Ministro del Turismo y a la Ministra de Comercio Interior.

COMUNÍQUESE a los viceministros y a los directores generales, directores y jefes dedepartamentos de este Ministerio, a los presidentes del Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria, de las Corporaciones y directores de las unidades presupuestadas, así comoa cuantas personas naturales y jurídicas resulte procedente.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en el Departamento Independiente de Asesoría Jurídica deeste Ministerio.

DADA en La Habana, a los 17 días del mes de diciembre del 2020.

Manuel Santiago Sobrino Martínez

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