Resolución 35
La Resolución No. 35 del Ministerio del Comercio Interior regula la Lista Oficial de Precios Minoristas de artículos industriales y de servicios. El Ministerio del Comercio Interior establece los precios minoristas y las tarifas a la población en moneda nacional.
- Se establecen precios para artículos industriales como ropa y calzado.
- Se fija el precio para servicios prestados a la población.
- La lista de precios forma parte integrante de la resolución.
- La resolución entra en vigor en la fecha de su firma.
- Se autoriza la publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
Acuerdo No.3529 de fecha 17 de agosto de 1999, ambos del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su apartado SEGUNDO, dispone que el Ministerio del Comercio Interior es el Organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y el Gobierno en cuanto al Comercio Interior Mayorista y Minorista de alimentos, otros bienes y de los servicios de consumo personal y comercial, además de ser el rector para establecer y controlar la aplicación de las normas que regulen la protección al consumidor en los sectores estatal, cooperativo, privado y mixto que operan en moneda nacional y en moneda libremente convertible.
POR CUANTO: Por la Resolución 75 del Ministerio de Finanzas y Precios de abril de 1997, se faculta al Ministerio del Comercio Interior a formar, fijar y modificar los precios minoristas y las tarifas a la población en moneda nacional de los productos adquiridos y servicios prestados mediante asignaciones financieras originadas para la adquisición o prestación de esos productos o servicios con destinos definidos por el Gobierno.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Poner en vigor la Lista Oficial de Precios Minoristas de los artículos que se comercializarán en el Mercado de Artículos Industriales y de Servicios, por la Empresa Comercial de Uso Personal y Doméstico, la que se relaciona en anexo, formando parte integrante de esta resolución.
SEGUNDO: La presente resolución entra en vigor en la fecha de su firma.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
CUARTO: Notifíquese a los Viceministros y Presidente del INRE y, mediante la Gaceta Oficial, a cuantas personas naturales o jurídicas proceda.
DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Interior a los 12 días del mes de febrero del 2002. Bárbara Castillo Cuesta Ministra del Comercio Interior ANEXOCódigo Descripción U.M Precio FIRMA: MODEL4032053961 Chaleco H. Mod. 01/155 U 153,00 4032026061 Bata de Casa Mod.01/156 U 65,00 4032033201 Blusa Mod. 01/146 U 47,00 4032183731 Vestido Sra. Mod. 01/131 U 139,00 4032111191 Saya de Sra mod 01/144 U 45,00 4032111201 Saya de Sra mod 01/145 U 42,00 4032033211 Blusa mod 01/149 U 45,00 4032033221 Blusa mod 01/150 U 46,00 4032053971 Chaleco H. Mod. 01/152 U 125,00 4032111221 Saya mod 01/151 U 105,00 4032086651 Pantalón H mod 01/153 U 209,00 4032041911 Camisa H mod 01/154 U 50,00 4032183741 Vestido Sra mod 01/159 U 89,00 4031121951 Ropón y Bloomer 01/160 U 60,00 4032111171 Saya mod-01/53 U 39,00 4032033081 Blusa mod-01/41 U 70,00 MERCANCIAS DE ABANDONO4032180101 Vestido p/ dama U 45,00 4032990102 Conjunto p/ dama U 75,00 4032120803 Short p/ dama U 45,00 4032100104 Pullover p/ dama U 25,00 4032100105 Pullover p/ dama U 10,00 4032080501 Pantalón p/ dama U 60,00 4032060806 Chaqueta p/ dama U 50,00 4032060107 Chaqueta p/ dama U 40,00 4032030108 Blusa de seda p/ dama U 50,00 4032030109 Blusa de seda p/ dama U 30,00 4039990110 Yompi U 45,00 4032040111 Camisa de mezclilla U 50,00
15 de febrero de 2002 GACETA OFICIAL 325 Código Descripción U.M Precio 4032040112 Camisa de mezclilla U 35,00 4032110113 Saya p/ dama U 60,00 4032110114 Saya p/ dama U 45,00 4032110115 Saya p/dama U 22,00 4032170116 Trusa de baño U 35,00 4031100117 Bloomer U 5,00 4031100118 Bloomer U 3,00 4031020119 Calzoncillo p/ niño U 5,00 4032020118 Elástico M 1,00 FIRMA: HEILONG411901000 Tejido para cortina M 75,00 ______________CONSTRUCCION RESOLUCION MINISTERIAL No. 110/2002
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No.328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Productora de Prefabricado No.2, del Ministerio de la Construcción en Ciudad de La Habana.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 22 de agosto de 1995, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Productora de Prefabricado No.2, del Ministerio de la Construcción en Ciudad de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Productora de Prefabricado No.2, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor y Contratista:♦ Producción de elementos prefabricados de hormigón.♦ Elaboración de moldes para elementos, panelería especializada y estructuras metálicas.♦ Pruebas de laboratorio para hormigones.♦ Montaje de elementos Prefabricados.♦ Producción de impermeabilizantes y otros productos, a partir de la transformación del crudo nacional.♦ Servicios técnicos en tecnología de fabricación, reparación y mantenimiento de equipos especializados de la actividad.♦ Servicios integrados de ingeniería de dirección de la construcción.♦ Servicios de ingeniería en procuración, gestión y provisión de suministros.Tipos de Objetivos:♦ Obras de arquitectura.♦ Obras industriales.♦ Obras de ingeniería. Para ejercer como Constructor y Contratista.
TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 18 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
15 de febrero de 2002 GACETA OFICIAL 326
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 14 días del mes de febrero del 2002.Juan Mario Junco del Pino Ministro de la ConstrucciónBBBBBBBBBBBBRESOLUCION MINISTERIAL No. 111/2002
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No.328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Organización Económica Estatal Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda, del Organo Provincial del Poder Popular en la provincia de Santiago de Cuba.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 22 de agosto de 1995, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Organización Económica Estatal “Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda”, del Organo Provincial del Poder Popular en la provincia de Santiago de Cuba, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Organización Económica Estatal “Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda”, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor:♦ Construcción, reconstrucción, reparación, rehabilitación, conservación y mantenimiento en los objetivos autorizados.♦ Producción de materiales alternativos de construcción.Tipos de Objetivos:♦ Obras de Viviendas hasta 5 niveles.♦ Obras sociales (escuelas, teatros, cines, oficinas). Para ejercer como Constructor.
TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 18 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 14 días del mes de febrero del 2002.Juan Mario Junco del Pino Ministro de la Construcción _________________RESOLUCION MINISTERIAL No. 112/2002
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
15 de febrero de 2002 GACETA OFICIAL 327
POR CUANTO: La Resolución No.328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Productora de Prefabricado No.2, del Ministerio de la Construcción en Ciudad de La Habana.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 22 de agosto de 1995, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Productora de Prefabricado No.2, del Ministerio de la Construcción en Ciudad de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Productora de Prefabricado No.2, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de diseño / proyección y consultoría de:♦ Servicios de diseño o proyección tecnológica de sus producciones.♦ Servicios de consultoría de asistencia y asesoría de sus producciones en organización, tecnología y estimación económica de la construcción y montaje; dictámenes técnico-económicos.Tipos de Objetivos:♦ Productos de elementos y sistemas prefabricados de hormigón. Para ejercer como Proyectista y Consultor.
TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 18 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 14 días del mes de febrero del 2002.Juan Mario Junco del Pino Ministro de la Construcción _______________RESOLUCION MINISTERIAL No.113/2002
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No.328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Constructora Integral No.7, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Pinar del Río.
15 de febrero de 2002 GACETA OFICIAL 328
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 22 de agosto de 1995, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Constructora Integral No.7, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Pinar del Río, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Constructora Integral No.7, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de ingeniería y consultoría de:♦ Servicios de ingeniería en supervisión e inspección técnica de construcción y montaje de inversiones y producción autorizados en esta licencia.♦ Servicios de consultoría de asistencia y asesoría en organización y tecnología de la construcción; estimación económica de actividades de construcción y montaje y dictámenes técnico-económicos.Tipos de Objetivos:♦ Obras de arquitectura, ingenieras e industriales. Para ejercer como Proyectista y Consultor.
TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 18 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 14 días del mes de febrero del 2002.Juan Mario Junco del Pino Ministro de la ConstrucciónINDUSTRIA BASICA