Resolución 35/2003
La Resolución No. 35/2003 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la notificación y desagregación del Presupuesto del Estado para órganos y organismos de la Administración Central del Estado. Establece el procedimiento para la notificación del presupuesto y la presentación de la programación de gastos presupuestarios y la desagregación del presupuesto notificado.
- La Dirección General de Presupuesto confeccionará la notificación del Presupuesto del Estado para órganos y organismos de la Administración Central del Estado.
- La notificación del Presupuesto se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la aprobación de la Ley de Presupuesto del Estado por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
- Los órganos y organismos notificarán a sus dependencias subordinadas el Presupuesto a los 10 días hábiles posteriores de recibida las cifras.
- Se deberá presentar la programación de gastos presupuestarios y la desagregación del presupuesto notificado utilizando los modelos y formatos establecidos en la resolución.
- La resolución deroga la parte correspondiente a la Desagregación del Presupuesto de la Resolución No. 128 de 2000.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 35/2003
Norma Complementaria No. 11 Del Sistema Presupuestario del Decreto-Ley No. 192, De la Administración Financiera del Estado.
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 192, De la Administración Financiera del Estado, de fecha 8 de abril de 1999, en las Disposiciones Generales
Artículo 12, establece que este ministerio como organismo rector del sistema presupuestario tiene entre sus funciones específicas, organizar la notificación y desagregación del Presupuesto de los órganos y organismos del Estado.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado adoptado el 11 de mayo de 1995, quien resuelve fue designado Ministro de Finanzas y Precios.
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POR CUANTO: Se hace necesario derogar, de la Resolución No. 128, de fecha 4 de mayo del 2000, que puso en vigor la Metodología de desagregación y ejecución del Presupuesto del Estado a partir del año 2000, por medio de la Norma Complementaria No. 5, Del Sistema Presupuestario del Decreto-Ley No. 192, De la Administración Financiera del Estado, de 1999, la parte que corresponde a la Desagregación del Presupuesto.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer que la Dirección General de Presupuesto confeccione, la notificación del Presupuesto del Estado correspondiente a los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular, y del municipio especial de Isla de la Juventud, unidades o actividades presupuestadas de tratamiento diferenciado y a las organizaciones y asociaciones vinculadas al Presupuesto, tal como se describe en el modelo y su explicación que se adjunta como Anexo No. 1, a la presente formando parte integrante de ella y que consta de dos (2) páginas.
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SEGUNDO: La fecha de la notificación del Presupuesto, deberá ser a los 10 días hábiles posteriores a la aprobación de la Ley de Presupuesto del Estado por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
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TERCERO: Los órganos y organismos de la Administración Central del Estado y los consejos de la Administración de las asambleas provinciales y municipales del Poder Popular, notificarán a sus dependencias subordinadas el Presupuesto, a los 10 días hábiles posteriores de recibida las cifras, para lo que utilizarán el mismo formato que se presenta en la presente resolución.
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CUARTO: Los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular, y del municipio especial de Isla de la Juventud, las unidades o actividades presupuestadas de tratamiento diferenciado y las organizaciones y asociaciones vinculadas al Presupuesto, presentarán a este ministerio, la programación de gastos presupuestarios y la desagregación del presupuesto notificado, tal como se describe en el modelo y su explicación que se adjuntan como Anexo No.2, a la presente formando parte integrante de ella y que consta de ocho (9) páginas.
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QUINTO: Se delega en el Viceministro que atiende a la Dirección General de Presupuesto, la facultad para dictar cuantas instrucciones sean necesarias, para el mejor cumplimiento de lo que por la presente se establece.
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SEXTO: Modificar la Resolución No.128, de fecha 4 de mayo del 2000, de este ministerio. La presente resolución entrará en vigor el día de su fecha.
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SÉPTIMO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba y archívese el original en la Dirección Jurídica de este ministerio.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 29 días del mes de enero del 2003.
Manuel Millares Rodríguez
Ministro de Finanzas y Precios
| ANEXO No. 1 MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS NOTIFICACION DEL PRESUPUESTO | | - | | Organismo: | Fecha: | D | M | A | (UM:MP) con un decimal | | | | CONCEPTO | FILA | GASTOS | | Actividad Presupuestada | | Total de Gastos Corrientes | 01 | * | | De ellos: Rama 1302 Asistencia Social (solo para el MINAZ) | 02 | ** | | Rep. y Matto. (Constructivo, Rep Fondo Habitacional y Viales) | 03 | **** | | Subvención Unidades o Act. Presup. Tratamiento Dif. | 04 | *** | | Subvención Organizaciones y Asociaciones | 05 | * | | Actividad Empresarial | | Subsidio por Pérdidas | 06 | *** | | Subsidio a Productos | 07 | ** | | Subsidio por Diferencia de Precios | 08 | ** | | Transferencias por Paralizaciones y Desactivaciones (solo para el MINAZ) | 09 | *** | | Transferencias al Fondo de Compensación | 10 | *** | | Otras Transferencias | 11 | | De ellas: Subsidio Infraestructura Ferroviaria (MITRANS) | 12 | *** | | Plagas y Enfermedades | 13 | *** | | Sobrecumplimiento de la Papa | 14 | *** | | Mantenimiento de la Flora y la Fauna | 15 | *** | | Compensación de Precios Estabilizados | 16 | ** | | Compensaciones a Productores Cañeros | 17 | ** | | Total de Gastos de Capital | 18 | *** | | De ellos: | Fomento de Pasto | 19 | ** | | Fomento Tabaco Tapado | 20 | ** | | Fomento de Caña | 21 | ** | | Fondo de Desarrollo Forestal | 22 | ** | | Transferencias de Capital Entidades Turísticas | 23 | *** | | Firma del Director: | Firma del Dir. Gral. Presupuesto: | | * Límite de Gastos | | ** Gasto de Destino Específico | | *** Límite de Gastos y a su vez de Destino Específico | | **** Gastos de Destino Específico y Límite de Gastos una vez Desagregados |
NOTIFICACION DEL PRESUPUESTO PROVINCIAL
| MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS NOTIFICACION DEL PRESUPUESTO | | - | | Provincia: | Fecha: | D | M | A | (UM:MP) con un decimal | | | | CONCEPTO | FILA | IMPORTE | | INGRESOS CEDIDOS | 01 | | | | TOTAL GASTOS CORRIENTES ACT. PRESUPUESTADA | 02 | * | | De ellos: Rep. y Matto. (Constructivo, Rep Fondo Habitacional y Viales) | 03 | **** | | Subvención Unidades o Act. Presup. Tratamiento Diferenciado | 04 | *** | | | | TOTAL GASTOS CORRIENTES ACT. EMPRESARIAL | | Subsidio por Pérdidas | 05 | *** | | | | TRASFERENCIAS DEL PRESUPUESTO CENTRAL | | Subvención | 06 | * | | Participación Impuesto de Circulación y Ventas Sub. Nacional | 07 | | Participación Impuesto sobre Utilidades Sub. Nacional | 08 | | | | GASTOS DE CAPITAL | 09 | *** | | | | | | | | Firma del Director: | Firma del Dir. Gral. Presupuesto | | * Límite de Gastos | | ** gastos de Destino Específico | | *** Límite de Gastos y a su vez de Destino Específico | | **** Gastos de Destino Específico y Límite de Gastos una vez Desagregados |
ANEXO No. 2
PROGRAMACION DE GASTOS:
Todas las empresas y unidades presupuestadas de los órganos y organismos, las asociaciones y organizaciones vinculadas al Presupuesto, presentarán el desglose trimestral de gastos, de acuerdo a la forma en que ejecutarán el Presupuesto, desglosándose por los indicadores que se solicitan. Se actualizará en la medida que se modifiquen los presupuestos y servirá de base para el análisis de la ejecución del Presupuesto para cada período.
Este desglose trimestral debe realizarse en concordancia con la ejecución histórica de los gastos presupuestarios devengados, y no de manera lineal, pues representa el límite máximo a devengar en cada trimestre.
Esta información se presentará a este Ministerio trimestralmente y actualizado conforme a las modificaciones presupuestarias que se realicen, utilizando el programa de computación confeccionado al efecto, por todos los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, los consejos de la Administración de las asambleas provinciales y municipales del Poder Popular, de las asociaciones y organizaciones vinculadas al Presupuesto, y se utilizará además por todas aquellas entidades que mantengan vínculos con el Presupuesto tanto de la Actividad Presupuestada como de la Empresarial.
Modelo:
DTG: Desglose Trimestral de Gasto.
| MODELO DTG | DESGLOSE TRIMESTRAL DE GASTOS | | - | - | | Organo u Organismo: | Código: | UM:MP con un decimal | | CONCEPTO | FILA | TOTAL | I Trim. | II Trim. | III Trim. | IV Trim. | | Actividad Presupuestada | | Total de Gastos Corrientes | 01 | | Rama 1302 Asist. Social (MINAZ) | 02 | | Rep. y Matto. (Constructivo,Rep.fondo habitacional y viales) | 03 | | Subvención Unidades o Act. Presup.Tratamiento Diferenciado | 04 | | Sub. Organizaciones y Asociaciones | 05 | | Actividad Empresarial | | Subsidio por Pérdidas | 06 | | Subsidio a Productos | 07 | | Subsidio por Diferencia de Precios | 08 | | Transf. Por Paralizaciones y Desact. | 09 | | Transf. Al Fondo de Compensación | 10 | | Otras Transferencias | 11 | | Subs. Infraest. Ferroviaria (MITRANS) | 12 | | Financiamiento Inv. Estatales | 13 | | Plagas y Enfermedades | 14 | | Sobrecumplimiento de la Papa | 15 | | Mtto. de la Flora y la Fauna | 16 | | Comp. Prod. Cafetaleros | 17 | | Comp. de Precios Estabilizados | 18 | | Comp. a Productores Cañeros | 19 | | Total de Gastos de Capital | 20 | | Org. Locales del Poder Popular | 21 | | Organizaciones y Asociaciones | 22 | | Presup. Org. Admón Ctral. Estado | 23 | | Fomento de Pasto | 24 | | Fomento Tabaco Tapado | 25 | | Fomento de Caña | 26 | | Fondo de Desarrollo Forestal | 27 | | Transf. de Capital a Ent. Turísticas | 28 | | Subvención (OLPP) | 29 | | Confeccionado por: | Revisado por: | Aprobado por: | FECHA | | D | M | A | | |
Objetivo:
Brindar la planificación trimestral de los gastos presupuestarios que constituyen erogaciones del Presupuesto del Estado, de todas las empresas, unidades presupuestadas y organizaciones y asociaciones vinculadas al Presupuesto.
Explicación de las columnas:
Total: Sumatoria de los importes considerados en las columnas correspondientes a los trimestres del año, que debe coincidir con el importe de lo notificado por cada uno de los conceptos detallados a los órganos, organismos, asociaciones y organizaciones.
Restantes columnas: Se consignarán los importes de los gastos presupuestarios, que se prevé ejecutar por cada uno de los trimestres del año que se planifica.
Explicación de las filas:
Será la distribución por trimestres, de acuerdo al comportamiento histórico de los gastos y de otras consideraciones que se tengan de cómo se ejecutará el Presupuesto en el transcurso del año, el que coincidirá con la cifra consignada en la Notificación del Presupuesto.
En los casos específicos de las filas detalladas en 02.- Rama 1302 Asistencia Social, 03.- Reparación y Mantenimiento (Constructivo, Reparación de Vivienda y Viales) y de la 04.- Subvención de Unidades o Actividades Presupuestadas con Tratamiento Diferenciado, se consideran un desglose de la fila 01.- Total de Gastos Corrientes, y se distribuirán de la misma forma.
La Fila 05: Subvención a Organizaciones y Asociaciones, será el desglose trimestral de los recursos que requieren recibir del Presupuesto.
De la misma forma se hará para los conceptos contenidos en las filas de la 12 a la 19, que estarán incluidas de conjunto con otros conceptos no detallados en la fila 11.- Otras Trasferencias.
En el caso de la fila 20.- Total de Gastos de Capital, será la sumatoria del desglose trimestral que se haga por los conceptos de gastos presupuestarios contenidos en las filas 21 a la 28, el que se modificará una vez que se apruebe por parte del Ministerio de Economía y Planificación el Plan de Inversiones correspondiente al año del que se trate.
Fila 29.- Se corresponde con los recursos a recibir del Presupuesto del Estado para los OLPP, y se hará de acuerdo al comportamiento histórico de los gastos.
En todos los casos se recuerda que esta distribución significa el máximo que se puede comprometer en el transcurso del trimestre de que se trate, de ahí la importancia de su desglose por trimestres de acuerdo al comportamiento histórico de los gastos presupuestarios y de otras consideraciones de las que se disponga de la forma en que se ejecutará el Presupuesto.
DESAGREGACION PRESUPUESTO NOTIFICADO:
Esta información se utilizará por los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular, y del Municipio Especial Isla de la Juventud, así como por todas aquellas entidades que mantengan vínculos con el presupuesto, los que deberán presentar a este Ministerio, la distribución de los gastos presupuestarios notificados, correspondientes a la totalidad de los grupos presupuestarios habilitados para cada rama.
En la misma también se incluirán los niveles de actividades y las normas unitarias de gastos, propuestas para los otros gastos de los grupos normados.
Esta información se presentará en dos momentos:
- — 15 de febrero Desagregación del Presupuesto Notificado.
- — 15 de diciembre Desagregación del Presupuesto Actualizado.
La información actualizada se utilizará tanto para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del siguiente año, como para la liquidación del Presupuesto que termina.
Modelo a presentar:
DPN-1: Desagregación del Presupuesto Notificado
| MODELO DPN-1 | DESAGREGACION DEL PRESUPUESTO NOTIFICADO ACTIVIDAD PRESUPUESTADA | | - | - | | ORGANO U ORGANISMO: | Código: | | Presupuesto Notificado: | Presupuesto Actualizado | Fecha: | (UM: MP) con un decimal | | Sector, Ramas y Grupos Presu puestarios | Nivel de Activ. | Norma Unit.Gto. Total | Norma Unit.Gto.Alimento | Norma Unit.Gto. Mat.para la Enseñanza | Norma Unit.Gto.Medic. y Met. Afines | Norma Unit.Gto.Otro Gtos.Fund. | Total de Gastos | Inciso 1 | Ep. 101 | Inciso 2 | Ep. 202 | Ep. 204 | Ep. 205 | Ep. 208 | Inciso 3 | Inciso 4 | PROM.TRABAJ. | | Gastos de Personal | Salario | Gastos Bienes y Serv. | Alimento | Mat. Para la Enseñanza | Medic. y Mat. Afines | Otros Gastos Fund. | Transf.Ctes. | Gtos.de Capital | | 01 | 02 | 03 | 04 | 05 | 06 | 07 | 08 | 09 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | CONFECCIONADOR POR: | REVISADO POR: | APROBADO POR: | FECHA | | D | M | A | | |
Objetivo:
Captar la desagregación de los importes notificados de los gastos de los grupos presupuestarios, así como sus niveles de actividad y normas unitarias de estos, al inicio de cada año, que servirá de base para los análisis a realizar al cierre de cada período.
De la misma forma y concluido el proceso de modificaciones presupuestarias, se elabora otro modelo con la información actualizada de los gastos por grupos presupuestarios, incluyendo a su vez las normas unitarias de gastos y los niveles de actividad.
Anotaciones:
- 1. Nombre del órgano u organismo de la Administración Central del Estado, consejo de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular, del Municipio Especial Isla de la Juventud y de las organizaciones y asociaciones que informan.
- 2. Código del órgano, organismo, organización y asociación, a que se refiere la información.
- 3. Se marcará con una “X” según la información se corresponda con el Presupuesto Notificado o con el Actualizado.
- 4. Fecha a que se refiere la información.
Explicación de las columnas:
Columna 1.- Sector, Rama y Grupo Presupuestario:Se consignará el código y el nombre de cada sector, rama y grupo presupuestario que se informa.
Columna 2.- Nivel de Actividad: Se inscribirá la cantidad aprobada del nivel de actividad fundamental para cada uno de los grupos presupuestarios normados. Se expresa en números enteros y un decimal.
Columnas 3, 4, 5, 6, 7.- Normas Unitarias de Gastos:Se informará el resultado de dividir el importe del grupo, epígrafe o partida de gasto presupuestario seleccionado entre el nivel de actividad, de acuerdo a las normas establecidas para cada uno de los grupos presupuestarios. Se expresarán en números enteros con dos decimales, por las ramas que presentan grupos normados como son:
- — 1101 Educación Preescolar, Primaria y Media
- — 1102 Educación Superior
- — 1301 Salud Pública
- — 1302 Asistencia Social
Columna 03 Norma unitaria total: Se calcula e informa para las Ramas 0903, 1101, 1102, 1301 y 1302, y se corresponde con la sumatoria de los incisos 2.- Gastos de Bienes y Servicios y 3.- Transferencias Corrientes.
Columna 04 Epígrafe 202.- Alimentos: Válido para las normas unitarias de las ramas 1101, 1102, 1301, 1302.
Columna 05 Epígrafe 203.- Materiales para la enseñanza: Solo se informan las normas unitarias de las ramas 1101, 1102.
Columna 06 Epígrafe 205.- Medicamentos y materiales afines: Solo se consignan las normas unitarias de las ramas 1301, 1302.
Columna 07 Epígrafe 208.- Otros gastos fundamentales: Se informa la norma unitaria de la rama 1101, 1102, 1301 y 1302.
Grupos Normados:
Rama 1101.- Educación Preescolar, primaria y media: los grupos 110101 al 110112 y del 110115 al 110126.
Rama 1102.- Educación Superior: los grupos 110201 al 110208
Rama 1301.- Salud Pública: los grupos 130101 al 130110.
Rama 1302.- Asistencia Social: los grupos 130201 al 130202 y el 130208.
Columna 8.- Total de Gastos: Sumatoria de las columnas 9.- Inciso 1 Gastos de Personal, 11.- Inciso 2 Gastos de Bienes y Servicios y 16.- Inciso 3 Transferencias Corrientes.
Columna 9.- Inciso 1 Gastos de Personal: Suma de los importes de los epígrafes 101.- Salarios, 102.- Otras Retribuciones y 103.- Prestaciones de la Seguridad Social a Corto Plazo del Clasificador por Objetos de Gastos de cada grupo presupuestario.
Columna 10.- Epígrafe 101 Salario: Importe por este concepto que se planifica por cada grupo presupuestario.
Columna 11.- Inciso 2 Gastos de Bienes y Servicios:Suma de los importes de los epígrafes de gastos contenidos en este inciso de acuerdo al Clasificador por Objetos de Gastos, del que sólo se desglosan en este modelo, los que se enuncian en las columnas 12 a la 15, por ser los de mayor peso en el presupuesto de cada rama.
Columnas 12, 13, 14 y 15: Se consignarán los importes que se prevén para cada uno de estos epígrafes de gastos por los distintos grupos presupuestarios.
Columna 16.- Inciso 3 Transferencias Corrientes: Importe que se planifica por cada grupo presupuestario, y que responde a los epígrafes y partidas de gastos contenidos por este concepto en el Clasificador por Objetos de Gastos.
Columna 17.- Inciso 4 Gastos de Capital: Se consigna por cada grupo presupuestario, el Plan de Inversiones de acuerdo con los importes notificados. Estas cifras son indicativas y no suman con el total de gastos corrientes.
Columna 18.- Promedio de Trabajadores: Cantidad de trabajadores que se prevé para cada grupo presupuestario, a fin de garantizar el desempeño de las distintas actividades.
Para la Actividad Empresarial: Aquellos organismos que tengan aprobado Subsidios, Transferencias y Otras Transferencias del Presupuesto Central deberán enviar un anexo, con el desglose por provincias de estos conceptos.
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TARBAJO Y SEGURIDAD SOCIAL