Resolución 35/2025

Denegación de inscripción de la Agencia de Viajes CUBATUR S.A.

Organismo
Ministerio de Turismo
Fecha emisión
2025-03-06
Publicada en
Gaceta No. 38 Ordinaria de 2025 (2025-04-22)
Páginas
6
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La Resolución 35/2025 del Ministerio de Turismo deniega la inscripción de la Agencia de Viajes CUBATUR S.A. como representante de la Agencia de Viajes DESIGN TRAVEL L.T.D. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Esta decisión se basa en el Decreto 32/2021 y el Acuerdo 7742/2015 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros. El ministro de Turismo, Juan Carlos García Granda, emite esta resolución.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 35/2025

POR CUANTO: El Decreto 32, de fecha 22 de febrero de 2021, “Reglamento para el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba”, en su

Artículo 19, apartados 1 y 3 disponen que corresponde al ministro de Turismo en su respectiva área de competencia autorizar o denegar solicitudes de Licencia para el establecimiento de representaciones extranjeras, y en su Disposición Final Segunda, regula que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado quedan encargados de dictar las disposiciones que resulten necesarias a los efectos de lo previsto en el presente Decreto.

POR CUANTO: El Acuerdo 7742 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 28 de mayo de 2015, establece las funciones específicas del Ministerio de Turismo, y entreellas, la prevista en su apartado Primero, numeral dos, consistente en ejercer la función metodológica rectora sobre la actividad de agencias de viajes.

POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, a partir de la solicitud de inscripción al amparo del mencionado Decreto 32 de la Agencia de Viajes CUBATUR S.A., para actuar como representante de la Agencia de Viajes DESIGN TRAVEL L.T.D.; y del análisis efectuado, es procedente denegar la solicitud formulada, considerando el bajo nivel de emisión de la referida agencia que no justifica la suscripciónde un contrato de representación.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el inciso d) del

Artículo 145 de la constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Denegar la inscripción y otorgamiento de la Licencia de la Agencia de Viajes CUBATUR S.A., para actuar como representante de la Agencia de Viajes DESIGN TRAVELL.T.D., en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. NOTIFÍQUESE al encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto deldirector jurídico de este Organismo y al director general la Agencia de Viajes CUBATUR S.A.

ARCHÍVESE su original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en la Habana, a los 6 días del mes de marzo de 2025, “Año 67 de la Revolución”.Juan Carlos García Granda Ministro