Resolución 349
La Resolución No. 349 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de derechos mineros. Fue emitida en virtud de la Ley No. 76, Ley de Minas, que establece la política minera en Cuba. El Ministerio de la Industria Básica tiene la autoridad para disponer la extinción de concesiones mineras otorgadas.
- La extinción se refiere a la concesión de explotación El Jato.
- La concesión fue otorgada mediante Resolución No. 281 de 25 de junio de 2001.
- La concesión fue prorrogada mediante Resolución No. 267 de 13 de octubre de 2003.
- La Unidad Presupuestada Inversionista Pedraplén Sur de Ciego de Ávila renunció a los derechos mineros.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 349
-
POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
-
POR CUANTO: La Unidad Presupuestada Inversionista Pedraplén Sur de Ciego de Ávila, ha presentado la devolución del área de la concesión de explotación, El Jato, que le fuera otorgada mediante la Resolución No. 281 de 25 de junio de 2001 y prorrogada mediante la Resolución No. 267 de 13 de octubre de 2003, ambas del Ministro de la Industria Básica, renunciando a los derechos mineros que tenía sobre el área.
-
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
-
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Disponer la extinción de los derechos mineros de explotación otorgados mediante la Resolución No. 281 de 25 de junio de 2001 y prorrogados mediante la