Resolución 351/2013
La Resolución No. 351/2013 del Ministerio de Comunicaciones regula la emisión de tarjetas postales prepagadas para conmemorar una fecha específica. El Ministerio de Comunicaciones establece las características de las especies postales.
- Se emiten 500.000 tarjetas postales prepagadas con motivo de una conmemoración.
- El valor de venta al público es de $ 1.00.
- Las tarjetas tienen un sello impreso a un solo color y 10 vistas diferentes.
- Son válidas para entrega especial en territorio nacional.
- Debes agregar la tarifa vigente si se envían a otro país.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 351/2013
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7380 del Consejo de Ministros, de fecha 28 de febrero de 2013, en su apartado Primero, numeral Quince, establece que el Ministerio de Comunicaciones tiene la función específica de regular y controlar la emisión, distribución, circulación, vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 346 del Ministro de Comunicaciones de fecha 15 de noviembre de 2013, se aprobó el Plan de emisiones postales para el año 2014, entre las que se encuentra el entero postal destinado a conmemorar el
POR TANTO: En el ejercicio de la facultad que me está conferida por el numeral Cuarto del apartado Tercero del Acuerdo No. 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros;
R e s u e l v o :PRIMERO: Que se confeccionen y pongan en circulación quinientas mil (500.000) tarjetas postales prepagadas con motivo de la conmemoración por el , por el valor de venta al público de $ 1.00, que se realizarán con un sello impreso a un solo color y con diez (10) vistas diferentes que representan motivos alegóricos a la fecha.
SEGUNDO: Estos enteros postales serán válidos para su entrega especial, única y exclusivamente en el territorio nacional. En caso de ser utilizadas para otros países deben llevar la cantidad complementaria hasta completar la tarifa vigente para el lugar de destino.
GACETA OFICIAL 30 de diciembre de 20132120
TERCERO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba señale el primer día de circulación de esta emisión, distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades de telecorreos del país, el cual queda encargado de velar por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al Presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y por su conducto a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerlas.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 26 días del mes de noviembre de 2013. Maimir Mesa Ramos Ministro de Comunicaciones________________EDUCACIÓN SUPERIOR