Resolución 357/2023

Modificación del Reglamento que rige las relaciones comerciales en operaciones en moneda libremente convertible

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 118 Ordinaria de 2023 (2023-11-30)
Páginas
8–9
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La Resolución 357/2023 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera modifica el Reglamento que rige las relaciones comerciales en operaciones en moneda libremente convertible. Esta norma actualiza el Anexo Único del Reglamento para adicionar y cancelar entidades autorizadas a realizar operaciones de comercio exterior con formas de gestión no estatal.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 357/2023

POR CUANTO: Mediante la Resolución 315, del Ministro del Comercio Exterior yla Inversión Extranjera, de 13 de agosto de 2020, se aprobó el “Reglamento que rige lasrelaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre lasentidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior y las formas de gestiónno estatal”, el que ha sido modificado por sucesivas resoluciones.

POR CUANTO: La experiencia práctica obtenida durante la implementación del citado Reglamento aconseja modificar su Anexo Único al efecto de adicionar una (1) entidad auto-rizada a realizar operaciones de comercio exterior con las formas de gestión no estatal y su-primir dos (2) entidades debido a la fusión y extinción suscitadas a partir de sus respectivosreordenamientos, para lo cual resulta necesario disponer lo que corresponde.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Modificar el Anexo Único de la Resolución 315 “Reglamento que rige lasrelaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre lasentidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior a las formas de gestión noestatal”, dictada por esta propia autoridad el 13 de agosto de 2020, a efectos de añadiruna (1) entidad que tendrán como propósito realizar operaciones de comercio exterior con lasformas de gestión no estatal, la cual se relaciona a continuación:

74. LABIOFAM S.A.

SEGUNDO: Cancelar la facultad para realizar la exportación e importación de mercan-cías a las formas de gestión no estatal de las entidades autorizadas que se relacionan a con-tinuación:

36. Empresa Comercial BK Import Export.

43. Empresas de Servicios Tecnológicos e Ingenieros de la Industria Ligera, en formaabreviada ESTIL

COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Organis-mo, a los jefes de las organizaciones superiores de dirección empresarial y al Presidentede la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

DESE CUENTA de la presente Resolución a la Secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a los jefes de los órganos y organismos de la Administración Cen-tral del Estado, a la Ministra Presidente del Banco Central de Cuba y al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos trece días del mes de noviembre de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.

Ricardo Cabrisas Ruiz

Ministro