Resolución 359/2014

Renovación de Licencia a la Empresa de Transporte de Hidrocarburos y Derivados por Ductos

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 3 Ordinaria de 2015 (2015-01-30)
Páginas
30–32
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 359/2014 del Ministerio de la Construcción regula la renovación de la licencia a la Empresa de Transporte de Hidrocarburos y Derivados por Ductos (EMCOR) para ejercer como constructor. La licencia fue renovada por un término de 18 meses.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 359/2014

POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de fecha 2 de julio de 2001, adoptado porel Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribucionesy funciones específicas del Ministerio dela Construcción, las de elaborar, aprobar ycontrolar las Normas Nacionales corres-pondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacio-nados con la construcción, así como lasde evaluar, inscribir y otorgar licencias apersonas naturales y jurídicas, cubanas yextranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Construc-tores, Proyectistas, Consultores, Adminis-tradores de Proyectos, realizar Investi-gaciones Ingenieras, ejecutar o participaren la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcciónen la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictadapor el Ministro de la Construcción y Modi-ficada por esta propia autoridad por la Re-solución No. 184 de 29 de mayo de 2014,creó la Comisión Nacional de Contratacióny Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba ypuso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa de Trans-porte de Hidrocarburos y Derivados por Ductos, en forma abreviada EMCOR, del Ministerio de Energía y Minas en la pro-vincia de La Habana, ha solicitado la Re-novación de la Licencia No. 442/03, vi-gente hasta el 26 de enero de 2015, la quefue anteriormente renovada mediante la Resolución No. 351 de 4 de diciembre de 2012, para continuar ejerciendo como Constructor.

POR CUANTO: Corresponde al Minis-tro de la Construcción resolver sobre lassolicitudes de Renovación de licenciaspresentadas ante el Encargado del Regis-tro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras,Proyectos y Otros Servicios de la Cons-trucción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Transporte de Hidrocarburos y Derivados por Ductos, en forma abreviada EMCOR, del Ministerio de Energía y Minas en la provincia de La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa de Transporte de Hidrocarburos y Derivados por Ductos, en forma abreviada EMCOR, del Ministerio de Energía y Minas en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución la Empresa de Transporte de Hidrocarburos y Derivados por Ductos, en forma abreviada EMCOR, podrá ejercer como Constructor autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:

- a) Brindar servicios integrales de construcciones metálicas, civiles, instalaciones de superficies y soterradas.

- b) Brindar servicios de construcción, inspección, reparación, mantenimiento y solución de averías en ductos e instalaciones de superficies.

- c) Brindar servicios de movimiento de tierra.

- d) Brindar servicios de montaje industrial.

- e) Brindar servicios de izaje, protección anticorrosiva a estructuras metálicas y pintura de edificaciones.

- f) Brindar servicios de aislamiento térmico y líneas y equipos tecnológicos.

- g) Brindar servicios de aplicación de hormigón y montaje de elementos prefabricados.

1.1 Tipos de Objetivos:

- a) Obras Industriales

- b) Obras de Arquitectura

- c) Obras Hidrotécnicas

- d) Obras de Ingeniería

- e) Viviendas hasta dos niveles

TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de la Licencia anteriormente otorgada.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO-9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.NOTIFÍQUESE la presente Resoluciónal Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultoresde la República de Cuba, quien quedaresponsabilizado de notificar al interesado.COMUNÍQUESE al Presidente y Vi-cepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitacionesde Obras, Proyectos y Otros Servicios dela Construcción, a los viceministros acargo de las Áreas de Producción y Técnica del Ministerio de la Construccióny al Director de Inspección Estatal del Organismo.

ARCHÍVESE el original en la Direcciónde Asesoría Jurídica de este Ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial dela República de Cuba.Dada en La Habana, a los 9 días delmes de diciembre de 2014.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción