Resolución 369
La Resolución No. 369 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de concesiones mineras otorgadas a la Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución en virtud de las facultades conferidas por la Ley No. 76, 'Ley de Minas', y el Decreto-Ley No. 147.
- Se extingue la concesión minera de explotación de caolín en el área 'Río del Callejón', otorgada a la Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud mediante Resolución No. 288 de 1999.
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La empresa debe cumplir con obligaciones pendientes, especialmente las relacionadas con el medio ambiente y la entrega de información.
- La empresa debe realizar indemnizaciones por daños o perjuicios causados por sus actividades.
- Se deroga la Resolución No. 288 de 1999 que otorgó la concesión de explotación.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 369
-
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147, “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de 21 de abril de 1994, en su
Artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos organismos.
-
POR CUANTO: La Ley No. 76, “Ley de Minas”, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras y permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
-
POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Tercero, acápite 4, faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
-
POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado a la Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud, para la realización de actividades mineras de explotación del mineral de caolín en el área denominada Río del Callejón, que le fueran autorizadas mediante la Resolución No. 288, de 16 de septiembre de 1999, del Ministro de la Industria Básica; por lo que se incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras establecida en el artículo 60, inciso a) de la Ley No. 76 “Ley de Minas”, referida al vencimiento de su término.
-
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
-
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Disponer la extinción de los derechos mineros de explotación del mineral de caolín en el área denominada Río del Callejón, otorgados a la Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud mediante la Resolución No. 288, de 16 de septiembre de 1999, del Ministro de la Industria Básica.
-
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el área de explotación, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
-
TERCERO: La Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud está obligada a cumplir con las obligaciones contraídas al serle otorgados los derechos de explotación si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las relacionadas con el medio ambiente y la entrega de la información, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades realizadas.
-
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 288, de 16 de septiembre de 1999, del Ministro de la Industria Básica, mediante la cual se otorgó la Concesión de Explotación a la Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud, en el área denominada Río del Callejón.
-
QUINTO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir del momento de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
NOTIFIQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director de la Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 28 días del mes de diciembre de 2007.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
________________
JUSTICIA