Resolución 362

Tarifas para el Servicio de Expedición de la Licencia de Operación de Transporte

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 53 Extraordinaria de 2018 (2018-09-25)
Páginas
3–5
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La Resolución No. 362 regula las tarifas para el Servicio de Expedición de la Licencia de Operación de Transporte. Fue emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios.

Texto íntegro

GOC-2018-611-EX53 RESOLUCIÓN No. 362/2018

POR CUANTO: El Decreto No. 300 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, de 11 de octubre de 2012, dispone en su Disposición Especial Segunda que los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único, se aprueban por el Ministro de Finanzas y Precios o por quien este delegue; y mediante la Resolución No. 38, de 31 de enero de 2013, dictada por quien suscribe, se aprobaron los precios y tarifas que corresponde fijar centralmente por este Ministerio.

POR CUANTO: La Resolución No. P-60, de 4 de agosto de 2006, emitida por el Viceministro que atendía la actividad de precios en este Ministerio, establece las tarifas máximas en pesos cubanos, para el Servicio de Expedición de la Licencia de Operación de Transporte, para las personas naturales y jurídicas.

POR CUANTO: El Ministro del Transporte ha presentado a este Organismo la propuesta de actualización de las tarifas para el servicio de Expedición de la Licencia de Operación del Transporte, para las personas naturales y jurídicas, en pesos cubanos, teniendo en cuenta la aprobación del Reglamento del Decreto-Ley No.168 “Sobre la Licencia de Operación del Transporte”, lo que se ha decidido aceptar.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :PRIMERO: Establecer las tarifas máximas para el Servicio de Expedición de la Licencia de Operación de Transporte, en pesos cubanos (CUP), para las personas naturales y jurídicas, que se describen en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución.

SEGUNDO: El Ministerio de Transporte es responsable de la correcta aplicación y supervisión de lo que por la presente se establece así como, de los controles internos que lo garanticen.

TERCERO: Derogar la Resolución No. P-60 de 4 de agosto de 2006, dictada por el Viceministro que atendía la actividad de precios en este Ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 19 días de septiembre de 2018.Meisi Bolaños Weiss Ministra a.i. de Finanzas y Precios

1092 GACETA OfICIAL 25 de septiembre de 2018 Anexo ÚnicoTARIfAS MÁXIMAS A APLICAR A PERSONAS NATURALES EN PESOS CUBANOSDESCRIPCIÓN DEL SERVICIO UM Extensión Municipal y Provincial Nacional Para la Transportación con Medios Automotores, Ferroviarios o Marítimos. 1 Año 300,00 500,00 Para la Transportación con Medios de Tracción Animal. 1 Año 100,00 Para la Transportación con Medios de Tracción Humana. 1 Año 75,00 Emisión de Duplicados de la LOT para la Transportación de Carga o Pasajeros. Uno 35,00 60,00 Para el Arrendamiento de Medios Automotores, Ferroviarios o Marítimos. 1 Año 500,00 Para ofrecer Servicios Auxiliares o Conexos del Transporte. 3 Años 250,00 Emisión de Duplicados de la LOT para el Arrendamiento de Medios y los Servicios Auxiliares o Conexos.Uno 35,00 EXPEDICIÓN DE COMPROBANTE DE LOTComprobante de Licencia de Trabajador Contratado para la Transportación de Carga o Pasajeros. 1 Año 35,00 60,00 Emisión de Duplicados Comprobante de Licencia de Trabajador Contratado para la Transportación de Carga o Pasajeros.Uno 35,00 60,00 Comprobante de Licencia de Trabajador Contratado para Servicios Auxiliares o Conexos del Transporte. 3 Años 60,00 Emisión de Duplicados Comprobante de Licencia de Trabajador Contratado para Servicios Auxiliares o Conexos.Uno 35,00 TARIfAS MÁXIMAS A APLICAR A PERSONAS JURÍDICAS EN PESOS CUBANOSDESCRIPCIÓN DEL SERVICIO UM Extensión Municipal y Provincial Nacional Para la Transportación con Medios Automotores, Ferroviarios o Marítimos. Uno 240,00 400,00 A Entidades que brindan Servicios Auxiliares o Conexos del Transporte. Uno 150,00 250,00 Para la Transportación con Medios de Tracción Animal. Uno 90,00 150,00 Para la Transportación con Medios de Tracción Humana. Uno 60,00 100,00 Emisión de Duplicados de la Licencia de Operación de Transporte. Uno 35,00 60,00

1093 GACETA OfICIAL25 de septiembre de 2018 EXPEDICIÓN DE COMPROBANTE DE LOTComprobante de Licencia de Medios Automotores, Ferroviarios (Tractivos y Coches Motores) y Marítimos.3 Años 35,00 60,00 Comprobante de Licencia de Servicios Auxiliares o Conexos del Transporte. 3 Años 35,00 60,00 Comprobante de Licencia de Medios de Tracción Animal. 3 Años 35,00 60,00 Comprobante de Licencia de Medios de Tracción Humana. 3 Años 35,00 60,00 Emisión de Duplicados de Comprobante de Licencia de Operación de Transporte. Uno 35,00 60,00________________TRANSPORTE