Resolución 362/2021
La Resolución 362/2021 del Banco Central de Cuba regula la licencia de Banco Metropolitano S.A. Se emite en virtud del Decreto-Ley 362 de 2018, que establece las normas para las instituciones del Sistema Bancario y Financiero.
- Se cancela la licencia otorgada a Banco Metropolitano S.A. mediante Resolución 15 de 2005.
- Se otorga nueva licencia a Banco Metropolitano S.A. como banco universal por tiempo indefinido.
- Banco Metropolitano S.A. debe adecuar su documentación legal en 30 días hábiles.
- Se autoriza a Banco Metropolitano S.A. a desarrollar actividades establecidas en el Artículo 10.2 del Decreto-Ley 362.
- Se cancela la inscripción de oficio en el Registro General de Bancos e Instituciones Financieras no Bancarias.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 362/2021
POR CUANTO: Mediante la Escritura Notarial No. 542, de 19 de marzo de 1996, fuecreado el Banco Metropolitano S.A., banco con personalidad jurídica independiente ypatrimonio propio, con plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones.
POR CUANTO: En el
Artículo 7.1 del Decreto-Ley 362, “De las instituciones del Sistema Bancario y Financiero”, de 14 de septiembre de 2018, se establece que el Banco Central de Cuba, según el tipo de institución financiera que se pretende crear o establecer,emite la licencia que corresponda y define el alcance y la clase de operaciones a realizar,así como cualquier otra disposición de obligatorio cumplimiento en el ejercicio delnegocio de intermediación financiera.
POR CUANTO: Resulta necesario actualizar la licencia concedida mediante la Resolución 15, de 7 de febrero de 2005, del Ministro Presidente del Banco Central de Cuba, a razón de lo dispuesto en el Decreto-Ley 362, “De las instituciones del Sistema Bancario y Financiero”, de 14 de septiembre de 2018.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el
Artículo 25,inciso d) y en los artículos 27.1 y 27.2 del Decreto-Ley 361, de 14 de septiembre de 2018,
RESUELVO
PRIMERO: Cancelar la licencia otorgada mediante la Resolución 15, de 7 de febrerode 2005, del Ministro Presidente del Banco Central de Cuba, a la institución financiera Banco Metropolitano S.A. y dejar sin efecto la referida disposición legal.
SEGUNDO: Otorgar nueva licencia a Banco Metropolitano S.A. como banco universalpara desarrollar en el territorio nacional las actividades establecidas en el
Artículo 10.2 del Decreto-Ley 362, “De las instituciones del Sistema Bancario y Financiero”, de 14 deseptiembre de 2018, por tiempo indefinido.
TERCERO: Banco Metropolitano S.A., en un plazo de treinta (30) días hábiles si-guientes a la notificación de la presente Resolución, realizará todos los trámites legales queprocedan para adecuar su documentación legal a lo que en esta licencia se autoriza, ycomunicará a la Secretaría del Banco Central de Cuba los cambios que hubieren tenido lugar.
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CUARTO: A partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, queda canceladala inscripción de oficio practicada en el Registro General de Bancos e Instituciones Financieras no Bancarias en el tomo No. 51, folios 109, 110, 111, 112 y 113, de 4 demayo de 2005, y se realizará una nueva, según los términos previstos en la licencia quese otorga a Banco Metropolitano S.A. mediante esta Resolución.
NOTIFÍQUESE al Presidente de Banco Metropolitano S.A.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba.
DADA en La Habana, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil veintiuno.
Francisco Jesús Mayobre Lence
Ministro Presidente p.s.r.
MINISTERIOS
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COMERCIO EXTERIOR
Y LA INVERSIÓN EXTRANJERA