Resolución 363/2017

Autorización a la Empresa de Servicios Informáticos Especializados para ejercer como Proyectista

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2017-06-21
Publicada en
Gaceta No. 45 Ordinaria de 2017 (2017-12-15)
Páginas
47–49
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La Resolución No. 363/2017 del Ministerio de la Construcción autoriza a la Empresa de Servicios Informáticos Especializados a ejercer como Proyectista. El Ministerio de la Construcción otorga esta autorización según sus facultades establecidas en el Acuerdo No. 7641 de 2014.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 363/2017

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptadopor el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras

que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administradorde proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier for-ma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitacio-nes de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro dela Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa de Servicios Informáticos Especializados, en formaabreviada GET, del Ministerio de Turismo en la provincia de La Habana ha solicitadoautorización para registrarse y poder ejercer como Proyectista.

POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyec-tistas y Consultores de la República de Cuba, establece que corresponde al Ministro dela Construcción, resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dichoregistro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras,Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16,trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con susrecomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Servicios Informáticos Especializados, en forma abreviada GET, del Minis-terio del Turismo en la provincia de La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Autorizar la Inscripción de la Empresa de Servicios Informáticos Espe-cializados, en forma abreviada GET, de Ministerio del Turismo en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la Repú-blica de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras,Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resoluciónse avala que, la Empresa de Servicios Informáticos Especializados, en forma abreviadaGET, cuenta con la capacidad técnica necesaria para la realización de los siguientes ser-vicios:

Alcance de los servicios autorizados:

1. Servicios de Proyectista:

a) Servicios técnico-profesionales de proyección y diseño.

1.1. Tipos de Objetivos:

a) Proyectos e instalaciones de Redes de Corrientes Débiles, Sistemas de Automáticay Ahorro Energético, Gimnasios y Spas; Sistemas de Cableado Estructurado CCTV,SADI y SACI en los Hoteles y demás Instalaciones del Ministerio de Turismo.

TERCERO: La licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expe-dirá por un término de veinticuatro (24) meses, a partir de la vigencia de su inscripción.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Con-sultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lodispuesto.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir dela fecha de notificación de la presente Resolución para que la entidad cuya inscripciónse autoriza en el Apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.

El incumplimiento del plazo establecido en este Apartado se interpretará como el de-sistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente,el Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba procederá al archivo del expediente incoado.

NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabili-zado de notificar al interesado.

COMUNÍQUESE al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacionalde Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción,a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Ins-pección Estatal de la Construcción.

ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 21 días del mes de junio de 2017.

Ing. René Mesa Villafaña

Ministro de la Construcción