Resolución 364/2023
La Resolución 364/2023 del Ministerio de Salud Pública autoriza a las Escuelas de Educación Vial a realizar exámenes psicofisiológicos a conductores profesionales. Regula los requisitos y procedimiento para la realización de estos exámenes.
- Se autoriza a la Empresa de Educación Vial y Conducción (TRAMOS) para realizar exámenes psicofisiológicos a conductores profesionales en las Escuelas de Educación Vial.
- Los conductores profesionales que solicitan licencia de conducción por primera vez presentan el chequeo médico en el policlínico de su área de residencia (Artículo 1.1).
- Los exámenes psicofisiológicos tienen un período de vigencia de dos (2) años (Artículo 3.3).
- Se establecen centros de salud autorizados para realizar exámenes médicos y psicofisiológicos en cada provincia (Anexo Único).
- Las entidades empleadoras pueden solicitar la realización de exámenes psicofisiológicos adicionales en caso de accidentes o cambios en la conducta del conductor (Artículo 5).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 364/2023
POR CUANTO: La Ley 109 “Código de Seguridad Vial”, de 1 ro. de agosto de 2010, dispone en la Disposición Transitoria Tercera que el ministro de Salud Pública establece mediante resolución, las regulaciones complementarias referidas en las Disposiciones Especiales del Código y la Disposición Especial Quinta, faculta al ministro de Salud Públicapara elaborar la metodología de los exámenes médicos psicofisiológicos, dictaminar enconsecuencia las aptitudes para conducir y establecer los requisitos para su realización.
POR CUANTO: La Resolución 906, de 19 de septiembre de 2022, del ministro de Salud Pública, en el Resuelvo Primero, actualiza el procedimiento que establece los requisitospara la realización de los exámenes médicos y psicofisiológicos que dictaminen sobre lasaptitudes de los aspirantes y conductores de vehículos de motor, tracción humana o animal por la vía pública y en el Segundo aprueba las instituciones de salud autorizadas a realizar los exámenes médicos y psicológicos a los aspirantes o conductores de vehículos de motor, de tracción humana o animal por la vía pública.
POR CUANTO: En atención a la solicitud del Grupo Empresarial de Transporte Automotor y a la valoración satisfactoria de la dirección general de Atención Médica y Social del Órgano Central, para que sea aprobado por el Ministerio de Salud Pública queen las Escuelas de Educación Vial se realicen los exámenes psicofisiológicos a losconductores profesionales durante su estadía en las mismas, se hace necesario emitir
resolución ministerial que autorice a las citadas Escuelas a realizar los exámenes psi-cofisiológicos a conductores profesionales, según la metodología que por la presentese establece.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas según el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar a la Empresa de Educación Vial y Conducción, en lo adelante TRAMOS, para que a través de las Escuelas de Educación Vial y Conducción realiceexámenes psicofisiológicos a conductores profesionales, en cumplimiento de la metodología que se establece por la presente Resolución.
Artículo 1.1. Los conductores profesionales que por vez primera soliciten la obtención de licencia de conducción presentan en la Escuela de Educación Vial que corresponda, el chequeo médico realizado en el policlínico de su área de residencia. 2. A todos los conductores profesionales durante su estancia en las Escuelas de Edu-cación Vial se les realizan los exámenes psicofisiológicos a solicitud de las empresas uorganismos empleadores.
Artículo 2. En todos los casos que se solicite un cambio de categoría o la recalificación,el examen médico se realiza en las comisiones de Licencia de Conducción de los centros pertenecientes a salud pública aprobados en la legislación vigente, previa coordinación de la entidad solicitante.
Artículo 3.1. Cuando el chequeo médico expedido califique como apto para conducir, el conductor profesional realiza el examen psicofisiológico en la Escuela de Educación Vial de su provincia de residencia. 2. Este examen procede cuando: a) Se solicita un cambio para una categoría superior; ob) se proceda a la recalificación. 3. El examen psicofisiológico tiene un período de vigencia de dos (2) años.
Artículo 4. En los casos que el conductor profesional sea apto con limitaciones, deter-minadas estas por los exámenes psicofisiológicos se realiza seguimiento con el psicólogode la Escuela de Educación Vial y Conducción.
Artículo 5. Las administraciones de las entidades a las que pertenecen los conductores profesionales, pueden solicitar en caso de accidentes o cuando lo consideren necesario,que se les realice nuevamente el examen psicofisiológico, fuera de los términos que seestablecen por la presente.
Artículo 6. Cuando durante el período avalado, la entidad detecta un cambio de conducta en el conductor profesional, sospecha de la presencia de enfermedad que puederesultar invalidante o al examen médico o psicofisiológico este resulte no apto, solicitavalorar la capacidad para conducir en las consultas que radican en los centros de salud cuya relación obra en el Anexo Único de la presente Resolución.
Artículo 7. Los conductores profesionales al aprobar el examen psicofisiológico, sepresentan a las comisiones médicas habilitadas en los centros de salud autorizados a estos efectos para obtener la declaración de apto o no apto para conducir.
SEGUNDO: La Empresa de Educación Vial y Conducción, queda encargada del cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
TERCERO: El viceministro que atiende las unidades organizativas de Atención Médica y Social, Medicamentos y Tecnología Médicas, Docencia, la Ciencia y la Innovación
Tecnológica queda encargado de garantizar el cumplimiento de lo que en la presente Resolución se dispone.
CUARTO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la presente Resolución, debidamente firmado, en la Dirección Jurídica del organismo. DESE CUENTA a los ministros del Interior y de Transporte.
DADA en el Ministerio de Salud Pública, La Habana, a los 23 días del mes de octubrede 2023, “Año 65 de la Revolución”.José Angel Portal Miranda Ministro ANEXO ÚNICOPROVINCIAS CENTROS DE SALUD MUNICIPIOSPinar del Río Hospital Provincial “Abel Santamaría” Toda la provincia Artemisa Policlínico “Tomás Romay” Toda la provincia La Habana Hospital Docente “Enrique Cabrera” Boyeros, Arroyo Naranjo, Marianao Hospital Clínico Quirúrgico “Diez de Octubre” Hospital Clínico Quirúrgico “Miguel Enríquez” San Miguel del Padrón, Cotorro, Regla y Guanabacoa Policlínico Rampa Plaza Hospital Clínico Quirúrgico “Joaquín Albarrán” Cerro Hospital Docente “Freyre Andrade” Centro Habana y Habana Vieja Mayabeque Policlínico “Tomás Romay” (Artemisa) Toda la provincia Matanzas Policlínico “Carlos Juan Finlay” Toda la provincia, excepto Colón Policlínico “José Dubrocq” Colón Cienfuegos Policlínico “José Apolinaire Bernia” Hospital Provincial “Gustavo Aldereguía” Toda la provincia Villa Clara Hospital “Celestino Hernández” Toda la provincia Sancti Spíritus Hospital Provincial Sancti Spíritus Toda la provincia Ciego de Ávila Policlínico Sur Toda la provincia Camagüey Hospital “Amalia Simoni” Policlínico “José Martí” Policlínico Previsora Policlínico “Julio Antonio Mella” Toda la provincia
PROVINCIAS CENTROS DE SALUD MUNICIPIOSLas Tunas Policlínico Especialidades Hospital Provincial “Ernesto Guevara” Toda la provincia Holguín Policlínico “Máximo Gómez” Holguín Policlínico “César Fornet” Banes Hospital “Guillermo Vaquero” Moa Policlínico Comunitario Mayarí Granma Hospital “Carlos Manuel de Céspedes” Toda la provincia Santiago de Cuba Policlínico Especialidades “Saturnino Lora” Santiago de Cuba UMH Contramaestre Policlínico Comunitario “San Luis” San Luis Policlínico Comunitario Palma Palma Soriano UMHE Songo la Maya Guantánamo Hospital General “Agosthino Neto” Toda la provincia Isla de la Juventud Hospital “Héroes de Baire” Todo el municipio