Resolución 367/2018

Autorización a la Empresa de Proyectos y Servicios de Ingeniería de la Cultura

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2018-08-06
Publicada en
Gaceta No. 53 Ordinaria de 2018 (2018-12-17)
Páginas
14–16
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 367/2018 del Ministerio de la Construcción autoriza a la Empresa de Proyectos y Servicios de Ingeniería de la Cultura, ATRIO, a inscribirse en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. Esta norma es emitida por el Ministro de la Construcción en ejercicio de sus facultades.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 367/2018

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641, de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Con-sejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar Licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras, que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar inves-tigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328, de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184, de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licita-

1519 GACETA OFICIAL17 de diciembre de 2018 ciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscrita al ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa de Proyectos y Servicios de Ingeniería de la Cultura, en forma abreviada ATRIO, del Ministerio de Cultura en la provincia de La Habana, ha solici-tado autorización para registrarse y poder ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor.

POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba establece que corresponde al ministro de la Construc-ción resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Con-sultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16, trasladó al presidente de la Comisión Nacional el expediente incoado, el que con sus recomendaciones ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Proyectos y Servicios de Ingeniería de la Cultura, en forma abreviada ATRIO, del Ministerio de la Cultura en provincia de La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República.

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la inscripción de la Empresa de Proyectos y Servicios de Inge-niería de la Cultura, en forma abreviada ATRIO, del Ministerio de Cultura en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscrito a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, se avala que la Empresa de Proyectos y Servicios de Ingeniería de la Cultura, en forma abreviada ATRIO, del Ministerio de Cultura en la provincia de La Habana, cuenta con la capacidad técnica necesaria para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados 1. Servicios de constructor:a) Brindar servicios de construcción civil y montaje de nuevas obras en los objetivos autorizados.1.1. Tipos de ojetivos:a) Cabañas, ranchones, expositores, monumentos, murales y otros similares.2. Servicios de constructor:a) Brindar servicios de reparación, restauración, conservación, rehabilitación y manteni-miento constructivo, incluyendo técnicas especiales, en los objetivos autorizados.2.1. Tipos de objetivos:a) Edificaciones y bienes inmuebles que precisen del trabajo en técnicas específicas de creadores, restauradores, artesanos, diseñadores u otros afines.3. Servicios técnicos:a) Servicios técnico profesionales de proyección y diseño. b) Servicios técnico profesionales de ingeniería en control, dirección facultativa de obras, supervisión y dictámenes técnicos. c) Servicios técnico profesionales integrados de ingeniería de proyectos de inversión. d) Servicios técnico profesionales de consultoría en asistencia y asesoría técnica. e) Servicios técnico profesionales de investigaciones ingenieras aplicadas a la construcción.3.1. Tipos de objetivos:a) Todo tipo de inversiones y obras e instalaciones de arquitectura de la Cultura.

TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución se expedirá por un término de dieciocho (18) meses a partir de la vigencia de su inscripción.

CUARTO: Esta entidad presta sus servicios sin estar certificado ni avalado su Sistema de Gestión de la Calidad por la Norma NC ISO – 9001 vigente.

QUINTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consul-tores de la República de Cuba queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

1520 GACETA OFICIAL 17 de diciembre de 2018 SExTO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado se interpretará como el desisti-miento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el en-cargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba procederá al archivo del expediente incoado. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al encargado del Registro Nacional de Construc-tores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. COMUNÍQUESE al presidente y vicepresidente ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al director de la Unidad de Inspec-ción Estatal de la Construcción.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 6 días del mes de agosto de 2018.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________