Resolución 369

Derogación de la Resolución 280 de 2020

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 78 Ordinaria de 2020 (2020-11-09)
Páginas
6–7
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Resumen generado por IA

La Resolución 369 de 2020, emitida por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, deroga la Resolución 280 de 2020. Esta última establecía la suspensión temporal de la tramitación de Recursos de Alzada interpuestos por colaboradores cubanos en el exterior debido a la COVID-19. La derogación se produce al avanzar el país hacia una nueva normalidad.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 369 de 2020

POR CUANTO: El Gobierno cubano ha aprobado la actualización del Plan de me-didas para el enfrentamiento a la COVID-19, que prevé la decisión de avanzar con ladebida gradualidad, en la realización e impulso de la actividad económica y social delpaís, manteniendo a la vez, una estricta observancia y cumplimiento de las acciones yreglas sanitarias y de bioseguridad implementadas para prevenir y enfrentar su contagioy propagación.

POR CUANTO: La Resolución 280, dictada por el que resuelve, el 11 de mayo de 2020,dispone la suspensión temporal inmediata de la tramitación de los Recursos de Alzada encurso, interpuestos por los colaboradores inconformes con lo resuelto por el funcionariode la Misión Estatal cubana en el país que tenga a su cargo la atención de la actividad decolaboración, en correspondencia con el cumplimiento de las medidas implementadas porel Gobierno cubano para prevenir y enfrentar los riesgos y efectos de la propagaciónde la pandemia de la COVID-19, la que resulta necesario derogar al aprobarse el inicio dela etapa denominada de nueva normalidad y la aplicación de medidas que correspondena este período.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d),del artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

ÚNICO: Derogar la Resolución 280, dictada por el que resuelve, el 11 de mayo de 2020 y dejar sin efecto la suspensión temporal inmediata de la tramitación de los Recursos de

Alzada en curso, interpuestos por los colaboradores inconformes con lo resuelto por elfuncionario de la Misión Estatal cubana en el país que tenga a su cargo la atención de laactividad de colaboración.

COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministeriodel Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y a los directores de las unidades subor-dinadas a este Ministerio.

DESE CUENTA al Secretario del Consejo de Ministros, a los jefes de los órganosdel Estado y de los organismos de la Administración Central del Estado y entidadesnacionales.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos veintisiete días del mes de octubre de dos mil veinte, “Año 62 de la Revolución”.

Rodrigo Malmierca Díaz

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