Resolución 370/2021

Otorgar condición de Operador Económico Autorizado a la Empresa Inversiones GAMMA, S.A.

Organismo
Aduana General de la República
Fecha emisión
2021-12-08
Publicada en
Gaceta No. 146 Ordinaria de 2021 (2021-12-15)
Páginas
9–10
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La Resolución 370/2021 de la Aduana General de la República otorga la condición de Operador Económico Autorizado a la Empresa Inversiones GAMMA, S.A. Esta resolución se emite en virtud de la facultad conferida al Jefe de la Aduana General de la República para aprobar la condición de operador económico autorizado.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 370/2021

POR CUANTO: El Decreto-Ley 162 “De Aduanas”, de 3 de abril de 1996, modifi-cado en su

Artículo 15 referente a la Misión de la Aduana General de la República porel Decreto-Ley 375, de 8 de mayo de 2019 y, en su Disposición Final Segunda, facultaal Jefe de la Aduana General de la República para dictar las normas complementariasnecesarias para la mejor ejecución de lo dispuesto en ese Decreto-Ley; asimismo, elcitado Decreto-Ley 375 de 2019, en su Disposición Final Primera faculta al Consejo de Ministros para establecer las funciones, estructura y composición de la Aduana Generalde la República, ajustados a la misión aprobada.

POR CUANTO: El Consejo de Ministros, mediante su Acuerdo 8615, de 19 de juniode 2019, aprobó cambios funcionales y en la estructura organizativa del Órgano Central

de la Aduana General de la República y, en su apartado Quinto aprueba el Reglamento Orgánico de esta institución, que en su

Artículo 17, inciso oo), establece como una delas atribuciones y obligaciones específicas del Jefe de la Aduana General de la Repú-blica, la de aprobar la condición de operador económico autorizado a los importadores,exportadores, agencias de aduana, transitarios, transportistas, operadores portuarios yaeroportuarios, operadores de envíos u otros actores de la cadena logística de suministrou operadores del comercio, así como renovar, suspender, revocar o cancelar, según co-rresponda, la condición otorgada.

POR CUANTO: La Resolución 19, de 14 de octubre de 2002, del Jefe de la Aduana General de la República, que aprobó las “Normas para el despacho aduanero de las mer-cancías”, tiene como objeto regular las condiciones, los trámites y las formalidades quehan de cumplirse para el despacho aduanero de las mercancías de importación y expor-tación.

POR CUANTO: La Resolución 112, de 19 de abril de 2016, del Jefe de la Aduana General de la República, establece en su apartado Primero la figura del Operador Eco-nómico Autorizado, OEA, en forma abreviada, como la persona jurídica vinculada a lacadena logística del comercio, cuya condición de operador económico confiable y seguroes acreditada por la Aduana General de la República, tras un proceso de verificación ycertificación realizado por entidades competentes; asimismo, en su apartado Cuarto, esta-blece el Protocolo para la implementación y gestión del Programa Operador Económico Autorizado en la República de Cuba, el que dispone en su Acápite 10 que la Certificaciónotorgada por la Aduana General de la República a los Operadores Económicos Autori-zados goza de vigencia indefinida siempre que estos acrediten el cumplimiento de lascondiciones y los requisitos exigidos para la autorización.

POR CUANTO: La Directora de Técnica Aduanera la Aduana General de la República,mediante el documento DTA 577, emitido el 26 de noviembre de 2021, ha remitido al Director de Asuntos Legales el Informe Final del proceso de certificación realizado parala obtención de la condición Operador Económico Autorizado, OEA, en forma abreviada,a la Empresa “Inversiones GAMMA, S.A.”, en cuyas conclusiones se considera que lacitada entidad obtuvo evaluación satisfactoria con vistas a recibir la condición mencionada.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución conferida en el Acuerdo 2817, de 25 denoviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su apartado Ter-cero, numeral 4,

RESUELVO

PRIMERO: Otorgar a la Empresa “Inversiones GAMMA, S.A.” la certificación como Operador Económico Autorizado, cuya vigencia se extiende por el plazo de tres años,contados a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Resolución.

SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a los treinta días de su fecha depublicación en la Gaceta Oficial de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asuntos Legales de la Aduana General dela República.

DADA en La Habana, a los 8 días del mes de diciembre de 2021.

Nelson Enrique Cordovés Reyes

Jefe de la Aduana Generalde la República