Resolución 372/2015
La Resolución No. 372/2015 del Ministerio de Energía y Minas regula los precios del gas licuado de petróleo (GLP) en Cuba. Fija los precios de venta del GLP a granel y embotellado para la Empresa Cubana de Gas S.A. durante el trimestre enero-marzo de 2016.
- Precios del GLP a granel: 0,3986 USD/L y embotellado: 0,9433 USD/Kg para el sector autofinanciado.
- Tarifa de servicio de suministro a granel: 65,03 USD/t y embotellado: 141,42 USD/t para el sector no autofinanciado.
- Vigentes hasta el 31 de marzo de 2016.
- Deroga la Resolución No. 309/2015 que fijó precios para el trimestre octubre-diciembre de 2015.
- Aplicable a partir del 1ro. de enero de 2016.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 372/2015
POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, seextinguió el Ministerio de la Industria Básica y se crea el Ministerio de Energía y Minas,como organismo de la Administración Central del Estado, encargado de proponer, y unavez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectoresenergético, geológico y minero del país.
POR CUANTO: La Resolución No. 265, de fecha 6 de junio de 2014, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, faculta al que resuelve para formar, fijar y modificar losprecios del gas licuado de petróleo (GLP) y las Tarifas de servicios de suministro a granely embotellado de GLP, correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técni-co-Material, en este caso, para la Empresa Cubana de Gas S.A.
POR CUANTO: La Resolución No. 309, de fecha 29 de septiembre de 2015, dictadapor el que resuelve, fijó los precios correspondientes a la subrama 07.04.00 Abasteci-miento Técnico-Material para la Empresa Cubana de Gas S.A., para el trimestre octu-bre-diciembre de 2015, vigentes hasta el día 31 de diciembre de 2015; resulta necesarioactualizar dichos precios, y en consecuencia, derogar la Resolución No. 309/2015.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en elartículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Fijar con carácter oficial y de obligatorio cumplimiento en todo el territo-rio nacional los precios que se relacionan en el Anexo Único, que forma parte integrantede esta Resolución, que comprende la lista de precios y las tarifas de servicio de sumi-nistro de GLP, a granel y embotellado, correspondientes a la subrama 07.04.00 Abaste-cimiento Técnico-Material para la Empresa Cubana de Gas S.A., los cuales se apruebanpara el trimestre enero-marzo de 2016, vigentes hasta el día 31 de marzo de 2016.
SEGUNDO: Derogar la Resolución No. 309, de fecha 29 de septiembre de 2015, dic-tada por el que resuelve, en la que se fijan los precios correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material para la Empresa Cubana de Gas S.A., para eltrimestre octubre-diciembre de 2015, vigentes hasta el día 31 de diciembre de 2015.
TERCERO: Los precios fijados mediante la presente Resolución se aplican a partir del 1 ro. de enero de 2016.
COMUNÍQUESE a la Directora de Regulación y Control de este Ministerio, al Ge-rente General de la Empresa Cubana de Gas S.A., y al Director General de la Unión Cuba-Petróleo.
DESE CUENTA a la Ministra de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 30 días del mes de diciembre de 2015.
Alfredo López Valdés
Ministro de Energía y Minas
ANEXO ÚNICO
07.04.00 ABASTECIMIENTO TÉCNICO - MATERIAL
PRECIOS AL CLIENTE FINAL DEL SECTOR AUTOFINANCIADO
| DESCRIPCIÓN | UM | PRECIO USD | | - | - | - | | GAS LICUADO DE PETRÓLEO A GRANEL | L | 0,3986 |
| GAS LICUADO DE PETRÓLEO EMBOTELLADO | Kg | 0,9433 | | - | - | - |
NOTA: ESTOS PRECIOS SERÁN UTILIZADOS POR LA EMPRESA CUBANA DEGAS S.A.
VIGENTES HASTA 31 DE MARZO DE 2016
| TARIFA DE SERVICIO DE SUMINISTRO A GRANEL Y EMBOTELLADO DE GASLICUADO DE PETRÓLEO | | - | | AL SECTOR NO AUTOFINANCIADO |
| DESCRIPCIÓN | UM | PRECIO USD | | - | - | - | | SUMINISTRO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO: | | - A GRANEL | t | 65,03 | | - EMBOTELLADO | t | 141,42 |
NOTA: ESTOS PRECIOS SERÁN UTILIZADOS POR LA EMPRESA CUBANA DEGAS S.A.
VIGENTES HASTA 31 DE MARZO DE 2016