Resolución 38

Prórroga de concesión de investigación geológica

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
2007-02-08
Publicada en
Gaceta No. 18 Ordinaria de 2007 (2007-02-27)
Páginas
11
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La Resolución No. 38 del Ministerio de la Industria Básica prorroga la concesión de investigación geológica en el área denominada La Tomasa. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución para permitir la culminación de los trabajos de prospección y exploración del mineral de arcilla para la producción de cemento gris.

Texto íntegro

Resolución No. 347 de 26 de octubre de 1999, del Ministro de la Industria Básica, y prorrogada mediante las resoluciones No. 174, de 25 de junio de 2003, del Ministro de la Industria Básica y No. 14, de 20 de enero de 2005, de quien resuelve.

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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar a la que resuelve que otorgue la prórroga solicitada teniendo en cuenta la importancia de culminar los trabajos de prospección y exploración de este mineral para su utilización en la producción de cemento gris, los cuales se encuentran atrasados por coincidencia de intereses de otros organismos en el área y por la no obtención en el término esperado de los resultados de laboratorio de las muestras básicas.

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POR CUANTO: La que resuelve fue designada Ministra de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de octubre de 2004.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Otorgar a la Empresa de Asistencia y Servicios, en lo adelante, el concesionario, una prórroga a la concesión de investigación geológica en el área denominada La Tomasa, que le fuera inicialmente otorgada por Resolución No. 347, de 26 de octubre de 1999, del Ministro de la Industria Básica, con el objeto de culminar los trabajos de prospección y exploración del mineral de arcilla, para su posterior utilización en la producción de cemento gris.

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SEGUNDO: La prórroga a que se contrae el apartado anterior vencerá el 29 de noviembre de 2008.

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TERCERO: El concesionario está obligado a cumplir los términos, condiciones y obligaciones establecidas en la Resolución No. 347, de 26 de octubre de 1999, del Ministro de la Industria Básica, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en los apartados anteriores de esta Resolución.

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CUARTO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

NOTIFIQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa Asistencia y Servicios.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 8 días del mes de febrero de 2007.

Yadira García Vera

Ministra de la Industria Básica