Resolución 382/2023

Autorización de inscripción de oficina de representación de PEVISA 1983, S.L.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 125 Ordinaria de 2023 (2023-12-27)
Páginas
6–10
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución 382/2023 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía española PEVISA 1983, S.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Esta resolución se emite según lo establecido en el Decreto 32 "Reglamento para el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba".

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 382/2023

POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representacionescomerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulaciones ge-nerales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinasde representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la Repú-blica de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 303 de esta propia autoridad, de 19 de octubrede 2018, se autorizó la inscripción de la sucursal de la compañía española PEVISA 1983,S.L. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtudde la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía españolaPEVISA 1983, S.L. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR CUANTO: El

Artículo 33 del Decreto-Ley 67 “De Organización de la Administración Central del Estado”, de 19 de abril de 1983, establece que los jefes de los organismos dela Administración Central del Estado podrán ser temporalmente sustituidos, cuando fuerenecesario, por el viceministro primero de estos.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 60 del presidente del Consejo de Ministros,de 13 de diciembre de 2019, fue designada la que resuelve, viceministra Primera del Mi-nisterio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía españolaPEVISA 1983, S.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía españolaPEVISA 1983, S.L. en Cuba, a partir de su inscripción, es la comercialización de bebidas yalimentos, insumos varios de hostelería y la industria; además se adjunta, en el Anexo Único queforma parte integrante de la presente Resolución, la nomenclatura de mercancías autorizadas alos efectos de la aprobación por la autoridad competente del régimen aduanal correspondiente.

TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza larealización de las actividades siguientes:

a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;

b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto losservicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparanlas operaciones de comercio internacional; ni

c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjerasqueda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigor dela presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primeroformalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desistimiento de la entidadpromovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expedienteincoado.

SEXTO: Derogar la Resolución 303 de esta propia autoridad, de 19 de octubre de 2018.

NOTIFÍQUESE al encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Direc-tora Jurídica del Ministerio.

COMUNÍQUESE al presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comer-ciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los ochodías del mes de diciembre de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.

Ana Teresita González Fraga

Ministra a.i.

ANEXO ÚNICO

NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA A LA OFICINA

DE REPRESENTACIÓN DE LA COMPAÑÍA ESPAÑOLA PEVISA 1983, S.L.